Agrosolucion SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de marzo de 2026
- Repertorio
- 417-2026
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA ANGELICA RAMIREZ FUENTES, Notario Interina de la Primera Notaría de Talca, con Oficio en calle 1 Norte 963 oficina 103, CERTIFCO: Por escritura pública, ante mí, de fecha 16 de marzo del año 2026, Repertorio 417-2026, doña GLORIA DEL CARMEN SOTO RODRÍGUEZ, técnico contador, cédula nacional de identidad número 10.276.936-8, domiciliada en Avenida Uno Oriente número 1783, comuna de Talca y don MAURICIO FERNANDO VÁSQUEZ CAMPUSANO, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número 10.833.685-4, domiciliado en Avenida Uno Oriente número 1783, comuna de Talca, modificaron sociedad por acciones AGROSOLUCION SpA, constituida mediante escritura pública de fecha seis de noviembre del año dos mil veinte, ante el Notario Público Interino de Talca, don Felipe Ugalde Bravo, Repertorio N° 4.021-2020. extracto de constitución inscrito a fojas 2052, número 716 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2020, y publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición electrónica número 42.818, de fecha treinta de noviembre del año dos mil veinte. Saneada con fecha tres de diciembre de dos mil veintiuno, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Talca, don Jaime Andrés Silva Sciberras, Repertorio N° 3.575-2021, extracto de saneamiento inscrito a fojas 1560, número 696 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2021, y publicado en el Diario Oficial N° 43.123 de fecha nueve de diciembre de dos mil veintiuno. CAPITAL: $3.000.000.- Rol Único Tributario número 77.303.173-8. Modificación: 1.- Los accionistas acuerdan modificar el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos sociales, el que en lo sucesivo pasará a tener el siguiente texto: "Artículo Décimo Cuarto.- Gerente General. La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis corresponden al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública." 2.- Los accionistas acuerdan modificar el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, el que en lo sucesivo pasará a tener el siguiente texto íntegro: "Artículo Segundo.- Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, los accionistas de la Sociedad designan como Gerente General a don MAURICIO FERNANDO VÁSQUEZ CAMPUSANO, cédula nacional de identidad número 10.833.685-4, chileno, divorciado, ingeniero agrónomo, domiciliado en Avenida 1 Oriente 1783, Talca, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los Artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna." Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 17 de marzo de 2026.