CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES G Y G LIMITADA

CVE 2784365
Fecha instrumento
29 de enero de 2026
Notaría
Colina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de enero de 2026
Repertorio
101-2026
Notario
ROBERTO SEPÚLVEDA ANDRADES
Oficio
titular de la 3ra Notaría de Colina
Comuna
Colina

Sociedad

Duración
cinco años contados desde el día de la presente escritura, sin embargo, se entenderá renovada por otros periodos iguales y sucesivos, salvo que alguna de las partes manifestara su voluntad de ponerle término al vencimiento previsto o cualquier periodos de prórroga y mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen del Registro de Comercio, donde aparezcan inscrito el contrato social y siempre que la declaración fuere otorgada y presentada al Conservador respectivo para su anotación a lo menos con treinta días de anticipación y debidamente comunicada al otro socio por medio de carta certificada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus

Objeto social

a) la Inversión de dineros y)o valores, en bienes muebles e inmuebles, bienes incorporales tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven, así como el financiamiento de proyectos e inversiones, efectuar préstamos y empréstitos en dinero; y, b) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Administración, representación y uso razón social corresponderá a La administración y uso de la razón social corresponderá al socio OSCAR ANANIA GUTIERREZ SILVA, quien al firmar lo hará con su firma personal precedida de la razón social por lo que tendrá la representación legal de la sociedad con las facultades que se indican en escritura. El capital de la sociedad será la suma de ciento dieciocho millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: a) La socia doña MACARENA BELEN GUTIERREZ CAÑETE aporta la suma de seiscientos mil pesos, que entera aportando en este acto la suma seiscientos mil pesos en dinero efectivo ingresada en la caja social. b) El socio don OSCAR ANANIA GUTIERREZ SILVA aporta, cede y transfiere en dominio pleno, en la suma de ciento diecisiete millones cuatrocientos mil pesos, tasada así de común acuerdo con el socio, la propiedad ubicada en la comuna de Colina, calle El Molino Interior número sesenta y dos guión sesenta y cuatro del condominio los Arrallanes-Conjunto Ayres de Chicureo, de acuerdo al plano archivado bajo el número tres mil sesenta y siete y sus láminas respectivas; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en doscientos cincuenta y tres coma cincuenta y dos metros con lote B cero cuatro de la misma subdivisión; SUR, en ciento veinte coma catorce metros con lote B cero uno de la misma subdivisión y en ciento cuarenta y siete coma treinta y ocho metros con lote B cero dos de la misma subdivisión; ORIENTE, en ciento cincuenta y dos coma treinta y tres metros con parte del resto de la parcela número seis y con parcela número cinco; PONIENTE, en ciento cincuenta y cinco coma cero tres metros con calle El Molino . - Adquirió por compra a la sociedad AYRES DE CHICUREO S.A., de este domicilio, según escritura de fecha quince de diciembre del año dos mil veintitrés, otorgada en la 1ª Notaría de Santiago, de don Hernán Cuadra Gazmuri, Repertorio Número 14689, por el precio de cuatro mil novecientas noventa Unidades de Fomento. El título de dominio rola inscrito a fojas treinta y dos mil quinientos veintidós, número cuarenta y cinco mil quinientos setenta y cuatro correspondiente al registro de Propiedad del año dos mil veinticuatro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El rol de avaluó de la propiedad corresponde al número mil quinientos dos guión cuarenta y dos de la comuna de Colina

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO SEPÚLVEDA ANDRADES, chileno, abogado, Notario Público Suplente del titular de la 3ra Notaría de Colina, con oficio en Avenida General San Martín N°66 - 68 local 8B1, Certifico: que por escritura de 29-01-2026, otorgada ante GINO BENEVENTI ALFARO, abogado, Notario Público Titular de la 3ª Notaría de Colina, con oficio en Avenida General Ricardo San Martín 66 - 68, local 8 b1, comuna de Colina, Región Metropolitana, bajo el repertorio N° 101-2026, Don OSCAR ANANIA GUTIERREZ SILVA, chileno, casado, constructor civil, domiciliado en calle el Molino número sesenta y dos casa sesenta y cuatro de la comuna de Colina; y doña MACARENA BELEN GUTIERREZ CAÑETE, chilena, soltera, independiente, domiciliada en calle el Molino número sesenta y dos casa sesenta y cuatro de la comuna de Colina, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES G Y G LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “G Y G LTDA”, que la obligará misma manera que razón social. Objeto: a) la Inversión de dineros y/o valores, en bienes muebles e inmuebles, bienes incorporales tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven, así como el financiamiento de proyectos e inversiones, efectuar préstamos y empréstitos en dinero; y, b) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Administración, representación y uso razón social corresponderá a La administración y uso de la razón social corresponderá al socio OSCAR ANANIA GUTIERREZ SILVA, quien al firmar lo hará con su firma personal precedida de la razón social por lo que tendrá la representación legal de la sociedad con las facultades que se indican en escritura. El capital de la sociedad será la suma de ciento dieciocho millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: a) La socia doña MACARENA BELEN GUTIERREZ CAÑETE aporta la suma de seiscientos mil pesos, que entera aportando en este acto la suma seiscientos mil pesos en dinero efectivo ingresada en la caja social. b) El socio don OSCAR ANANIA GUTIERREZ SILVA aporta, cede y transfiere en dominio pleno, en la suma de ciento diecisiete millones cuatrocientos mil pesos, tasada así de común acuerdo con el socio, la propiedad ubicada en la comuna de Colina, calle El Molino Interior número sesenta y dos guión sesenta y cuatro del condominio los Arrallanes-Conjunto Ayres de Chicureo, de acuerdo al plano archivado bajo el número tres mil sesenta y siete y sus láminas respectivas; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en doscientos cincuenta y tres coma cincuenta y dos metros con lote B cero cuatro de la misma subdivisión; SUR, en ciento veinte coma catorce metros con lote B cero uno de la misma subdivisión y en ciento cuarenta y siete coma treinta y ocho metros con lote B cero dos de la misma subdivisión; ORIENTE, en ciento cincuenta y dos coma treinta y tres metros con parte del resto de la parcela número seis y con parcela número cinco; PONIENTE, en ciento cincuenta y cinco coma cero tres metros con calle El Molino . - Adquirió por compra a la sociedad AYRES DE CHICUREO S.A., de este domicilio, según escritura de fecha quince de diciembre del año dos mil veintitrés, otorgada en la 1ª Notaría de Santiago, de don Hernán Cuadra Gazmuri, Repertorio Número 14689, por el precio de cuatro mil novecientas noventa Unidades de Fomento. El título de dominio rola inscrito a fojas treinta y dos mil quinientos veintidós, número cuarenta y cinco mil quinientos setenta y cuatro correspondiente al registro de Propiedad del año dos mil veinticuatro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El rol de avaluó de la propiedad corresponde al número mil quinientos dos guión cuarenta y dos de la comuna de Colina. Duración: cinco años contados desde el día de la presente escritura, sin embargo, se entenderá renovada por otros periodos iguales y sucesivos, salvo que alguna de las partes manifestara su voluntad de ponerle término al vencimiento previsto o cualquier periodos de prórroga y mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen del Registro de Comercio, donde aparezcan inscrito el contrato social y siempre que la declaración fuere otorgada y presentada al Conservador respectivo para su anotación a lo menos con treinta días de anticipación y debidamente comunicada al otro socio por medio de carta certificada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Colina, 16 de febrero del 2026.