Sociedad Agrícola Agromaica Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2026
- Notario
- PABLO ANDRES ALMENDRAS BURGOS
- Oficio
- Séptima Notaria de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $180.000 CLP
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de 21 (veintiún) años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 (cinco) años, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con a lo menos, 6 (seis) meses de anticipación, a la fecha del vencimiento respectivo
Objeto social
es la explotación agrícola, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; semilleros, viveros, fruticultura; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Pelarco y la Sociedad agrícola Fundo Paso Rari | socio | 76112436-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRES ALMENDRAS BURGOS, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaria de Talca, con oficio en la comuna de Talca calle 30 Oriente N° 1522 local A, Certifica: Por escritura de 27 de enero del año 2026, ante mí: Don Pablo Andrés Reyes Reyes, cédula de identidad N° 13.479.020-2 domiciliado en Santa Margarita de Pelarco, parcela 38, comuna de Pelarco y la Sociedad agrícola Fundo Paso Rari, RUT 76.112.436-6 representada por doña MARIELA ALEJANDRA YAÑEZ BASTIAS, cedula de identidad N° 13.504.898-4 domiciliados en 8 oriente #284, comuna de Talca., constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, al siguiente tenor: Razón social: "Sociedad Agrícola Agromaica Limitada", pudiendo usar nombre de fantasía "Agrícola AgroMaica Ltda.", que la obligará misma manera que razón social. Objeto: es la explotación agrícola, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; semilleros, viveros, fruticultura; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Del mismo modo el objeto de la sociedad será la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y en general cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Administración, representación y uso razón social corresponderá a don ALEJANDRO ANTONIO GARCIA BARRUETO, cedula de identidad N° 12.317.624-3, casado con separación de bienes, con domicilio en 50 ½ oriente 1916, Talca con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de ciento ochenta millones de pesos ($180.000.000), que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a). PABLO ANDRÉS REYES REYES, la cantidad de noventa millones de pesos ($90.000.000.-) que corresponde al 50 por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que pagó de contado y en dinero efectivo previo a este acto; y, b) SOCIEDAD AGRÍCOLA FUNDO PASO RARI LTDA representada por doña Mariela Alejandra Yáñez Bastías, la cantidad de noventa millones de pesos ($90.000.000.-) que corresponde al 50 por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que pagó de contado y en dinero efectivo previo a este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes. Duración. El plazo de duración de la sociedad será de 21 (veintiún) años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 (cinco) años, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con a lo menos, 6 (seis) meses de anticipación, a la fecha del vencimiento respectivo. Los Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Linares pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura. En Talca 16 de marzo de 2026.