CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES SOMERSET SpA

CVE 2784662
Fecha instrumento
12 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2026
Repertorio
2521-2026
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados
Duración
La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con una anticipación de seis meses, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña MARION RUHLAND y don Rodrigo Abarca Chávez, quienes actuando individualmente cualquiera de ellos y anteponiendo a su firma la razón social, estarán premunidos con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública, de fecha 12 de marzo de 2026, bajo el Repertorio N°2.521-2026, ante mí: MARION RUHLAND y RODRIGO ABARCA CHÁVEZ vienen en constituir una sociedad por acciones. Razón Social: “INVERSIONES SOMERSET SpA”; pudiendo usar como nombre de fantasía “SOMERSET SpA” .Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios profesionales de asesoría comerciales y/o financiera a toda clase de personas, tanto naturales como jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; y, b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, nacionales como en extranjero, corporales o incorporales, tales como derechos en todo tipo de sociedades de personas, acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures, otros instrumentos mercantiles y cualquier clase de valores mobiliarios y efectos de comercio. Pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquiera otra actividad relacionada o no con los rubros anteriormente señalados. Para el cumplimiento de sus objetos sociales, la sociedad podrá concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones en general, como además dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden o que esté relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones, iguales, de una misma serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al contado y en dinero efectivo, en las siguientes cantidades y proporciones: a) doña MARION RUHLAND, con cincuenta acciones, por un valor de quinientos mil pesos; y b) don RODRIGO ABARCA CHÁVEZ, con cincuenta acciones, por un valor de quinientos mil pesos. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con una anticipación de seis meses, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Administración: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña MARION RUHLAND y don Rodrigo Abarca Chávez, quienes actuando individualmente cualquiera de ellos y anteponiendo a su firma la razón social, estarán premunidos con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2016.