MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria y Constructora Polcura SpA

RUT 76445824-9 CVE 2784114
Capital
$11.894.640 CLP
Fecha instrumento
2 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de marzo de 2026
Notario
ALVARO D. GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$11.894.640 CLP

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
JORGE MAXIMILIANO LAURIE NEGRETE socio 13107750-5
ANA MARÍA GALLARDO OLIVOS socio 13307606-9
DANIEL BLOMSTROM GALLARDO socio 24168478-4
GABRIEL BLOMSTROM GALLARDO socio 25628996-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO D. GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en Av Apoquindo 3011 Piso 2°, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de marzo de 2026, ante mí, JORGE MAXIMILIANO LAURIE NEGRETE, RUT N° 13.107.750-5, domiciliado en Av. El Tranque N° 10.650 Casa 12, Lo Barnechea, Región Metropolitana; y la comunidad hereditaria compuesta por doña ANA MARÍA GALLARDO OLIVOS, RUT N° 13.307.606-9, actuando por sí, y en el ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijos menores de edad, de conformidad con el articulo doscientos veinticuatro, y doscientos cincuenta, ambos del Código Civil, don DANIEL BLOMSTROM GALLARDO, RUT N° 24.168.478-4, y don GABRIEL BLOMSTROM GALLARDO, RUT N° 25.628.996-2, todos domiciliados en calle Río Liucura N° 11.356, Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron modificar los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA POLCURA SpA, inscrita a Fs. 41.363 N° 22.692 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, en lo siguiente: UNO. Acuerdo de División. Dividir INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA POLCURA SpA, dando lugar a una sociedad por acciones, ello mediante la disminución de su capital en $8.105.360 desde el capital de $20.000.000.- y acordando la constitución de una nueva sociedad por acciones, a la que se aportará la cantidad de $8.105.360.-, distribuyéndose un 40,5268.- % del patrimonio conformado por ciertas cuentas del activo y pasivo de la sociedad, según se indica en escritura extractada. A la sociedad continuadora INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA POLCURA SpA se le modificará el capital social. DOS. Aprobación del balance de división de la Sociedad que se divide y de la sociedad que se constituye a consecuencia de dicha división preparado para efectos de división y del informe pericial referido en la escritura extractada. TRES. Modificaciones consecuencia división. Se modifican los estatutos de la continuadora esto es INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA POLCURA SpA siguientes sentidos: Se modifican el capital social, en los Artículos Quinto y Primero Transitorio: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de $11.894.640.- pesos, dividido en 2.000.- acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y enteran de la forma que se señala en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de otros bienes. No se imprimirán láminas físicas de los títulos de las acciones y su transferencia se ajustará a lo prevenido en el artículo cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio y demás normas que le sean aplicables»; y «ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social de $11.894.640.- pesos, a que se refiere el artículo quinto del estatuto social, dividido en 2.000.- acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: a) JORGE MAXIMILIANO LAURIE NEGRETE, titular de 1.000.- acciones, correspondientes al 50% del capital social, íntegramente pagadas; b) ANA MARÍA GALLARDO OLIVOS, DANIEL BLOMSTROM GALLARDO, y DANIEL BLOMSTROM GALLARDO, todos titulares y comuneros en la propiedad de 1.000.- acciones, correspondientes al 50% del capital social, íntegramente pagadas». Todas las acciones se encuentran pagadas con anterioridad por los accionistas de conformidad a la participación que tenían antes de la división de la sociedad, ya ingresado, en consecuencia, a la caja social. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Alvaro D. González Salinas. Notario Público Titular 42° Notaria de Santiago. Santiago, 6 de marzo de 2026.