MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EDUARDO QUINTANA C. Y CIA. LIMITADA

RUT 76651390-5 CVE 2784591
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de marzo de 2026

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2026
Notario
IFICACION DE SOCIEDAD EDUARDO QUINTANA C. Y CIA. LIMITADA Joaquín Tejos Henríquez
Domicilio
Chillán

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MODIFICACION DE SOCIEDAD EDUARDO QUINTANA C. Y CIA. LIMITADA Joaquín Tejos Henríquez, Notario Público Chillán, El Roble N° 620 certifico: Por escritura hoy ante mí: don Eduardo Manuel Quintana Carrasco, domiciliado en calle 5 de Abril N°315, Chillán; doña Leandra Erica Rivera Baeza, domiciliada en calle Vega de Saldías N° 695, departamento N° 302, Chillán; doña Ana María del Rosario Quintana Carrasco, domiciliada en calle Arauco N°311, Chillán; y doña María Teresa Rosario Quintana Carrasco, domiciliada en calle Arauco N°311, Chillán; modificaron sociedad “Eduardo Quintana C. y Cía. Limitada” inscrita a fojas 394 vta. N° 415 en el Registro de Comercio de Chillán del año 2006. La sociedad tiene un capital estatutario de $1.000.000.- y su RUT es el N°76.651.390-5.- Modificaciones consisten: (UNO) DIVISION DE LA SOCIEDAD.- Socios acuerdan la división de la sociedad “Eduardo Quintana C. y Cía. Limitada”, distribuyendo su patrimonio neto, entre ésta que será la sociedad continuadora y una sociedad que nace y/o se crea que se denominará “INVERSIONES RQR LIMITADA”. (DOS) DISMINUCION DE CAPITAL.- Con el objeto de materializar jurídicamente la división de la sociedad, socios disminuyen el capital social de $1.000.000.- a $135.603.- mediante la distribución y/o asignación de $864.397.- a la sociedad “INVERSIONES RQR LIMITADA” la que nace o se crea como consecuencia de esta división. Socios reemplazan cláusula sexta del pacto social de la sociedad “Eduardo Quintana C. y Cía. LIMITADA” por la siguiente: “El capital estatutario de la sociedad es la cantidad de $135.603.-, el cual ha sido aportado y pagado, en la proporción de un 50% por don Eduardo Manuel Quintana Carrasco, un 40% por doña Leandra Erica Rivera Baeza, un 5% por doña Ana María del Rosario Quintana Carrasco y un 5% por doña María Teresa Rosario Quintana Carrasco.”.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Chillán, 12 de Marzo de 2026.