MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Casa de Estudios Futuro Limitada

RUT 78885390-4 CVE 2784007
Fecha instrumento
15 de enero de 2026
Notaría
Ñuñoa

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2026
Notario
EDUARDO ROCO CAMPOS
Oficio
1ra Notaría Ñuñoa
Comuna
Ñuñoa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO ROCO CAMPOS, Abogado, Notario Público Titular 1ra Notaría Ñuñoa, oficio en Avenida Irarrázaval 1745 b, Ñuñoa, Santiago; CERTIFICO: Por escritura pública de hoy 15/01/2026 ante mí, doña ELIZABETH VIVIANA TOLEDO MACHUCA, chilena, casada, educadora de párvulos, C.I. 14.071.283-3, con domicilio en calle Tegualda número mil ochocientos noventa, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, Santiago de Chile; doña ARELLYS DANAE CERNA TOLEDO, chilena, soltera, estudiante universitaria, C.I. 22.212.852-8, domiciliada en calle Tegualda número mil ochocientos noventa, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña CATALINA ALEJANDRA CERNA BARRERA, chilena, soltera, estudiante, C.I. 20.108.891-7, domiciliada en calle Huérfanos número mil ciento sesenta, oficina mil quince, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, Santiago de Chile; y don JONATHAN ALEX CERNA GARRIDO, chileno, soltero, independiente, C.I. 18.167.109-2, domiciliado en Rio Grande número ciento cincuenta, Comuna de Concón, Región de Valparaíso, modificaron sociedad comercial denominada CASA DE ESTUDIOS FUTURO LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha nueve de julio del año mil novecientos noventa y seis, otorgada en la Notaría de Santiago, Jaime Morandé Orrego, cuyo extracto se inscribió a fojas dieciocho mil setenta y uno número trece mil novecientos ochenta y siete del Registro de Comercio de Santiago del año novecientos noventa y seis. Modificación que consiste los siguientes términos: Se modifica sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada “casa de estudios futuro limitada”, rol único tributario número setenta y ocho millones ochocientos ochenta y cinco mil trescientos noventa guion cuatro, cuyo extracto se inscribió a fojas dieciocho mil setenta y uno número trece mil novecientos ochenta y siete del Registro de Comercio de Santiago del año mil novecientos noventa y seis. Incorporación de los herederos a la sociedad. Se incorpora a la sociedad a los herederos de los socios fallecidos don Juvenal Fernando Cerna Silva, fallecido el veintisiete de septiembre de dos mil quince, y de don Alejandro Miguel Cerna Sánchez, fallecido el diez de abril de dos mil veintiuno, y cuyas posesiones efectivas fueron otorgadas mediante resolución exenta número quinientos nueve y número veintinueve mil seiscientos treinta y dos, ambas del Servicio de Registro Civil e Identificación. En virtud de ello, se reconoce entonces como socios a las siguientes personas: a) doña Arellys Danae Cerna Toledo y doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca, como sucesión de don Juvenal Fernando Cerna Silva. Lo anterior, sin perjuicio de los derechos que doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca posee a título de socia sobreviviente. b) doña Catalina Alejandra Cerna Barrera, don Jonathan Alex Cerna Garrido y doña Arellys Danae Cerna Toledo (ésta última en representación de su padre fallecido), como sucesión de don Alejandro Miguel Cerna Sánchez. c) doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca como socia a título personal. Partición y adjudicación de los derechos cuotativos. Se divide y adjudica el setenta por ciento de los derechos sociales correspondientes a la sucesión de don Juvenal Fernando Cerna Silva, asignándose: a) Un treinta y cinco por ciento a doña Arellys Danae Cerna Toledo. b) Un treinta y cinco por ciento a doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca. Se divide y adjudica el cinco por ciento de los derechos sociales correspondientes a la sucesión de don Alejandro Miguel Cerna Sánchez, asignándose: a) Un uno coma sesenta y siete por ciento a doña Catalina Alejandra Cerna Barrera. b) Un uno coma sesenta y siete por ciento a don Jonathan Alex Cerna Garrido. c) Un uno coma sesenta y siete por ciento a doña Arellys Danae Cerna Toledo. Como resultado, la participación en el capital social queda repartida de la siguiente forma: a) doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca con un sesenta por ciento de participación. b) doña Arellys Danae Cerna Toledo con un treinta y seis como sesenta y siete por ciento de participación. c) doña Catalina Alejandra Cerna Barrera con un uno coma sesenta y siete por ciento de participación. d) don Jonathan Alex Cerna Garrido con un uno como sesenta y siete por ciento de participación. Cesión de derechos. Se acuerda la cesión de derechos sociales por la cual: a) don Jonathan Alex Cerna Garrido, vende, cede y transfiere, su uno coma sesenta y siete por ciento de derechos que le corresponden en la citada sociedad, que adquirió por herencia intestada quedada al fallecimiento de su padre, don Alejandro Miguel Cerna Sánchez, a doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca, quien por su parte, declara que los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de ciento cincuenta mil pesos. b) doña Catalina Alejandra Cerna Barrera, vende, cede y transfiere, su uno coma sesenta y siete por ciento de derechos que les corresponden en la citada sociedad, que adquirió por herencia intestada quedada al fallecimiento de su padre, don Alejandro Miguel Cerna Sánchez, a doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca. Como consecuencia de la cesión, la nueva composición societaria queda distribuida de la siguiente forma: a) doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca con un sesenta y tres comas treinta y cuatro por ciento. b) doña Arellys Danae Cerna Toledo con un treinta y seis como sesenta y siete por ciento. Se nombra como administradora con amplias facultades a doña Elizabeth Viviana Toledo Machuca, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato. Demas estipulaciones escritura extractada. - Santiago 15 de enero de 2026.