Asesorías e Inversiones P y J Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2026
- Repertorio
- 932-2026
- Notario
- RICARDO SALGADO SEPÚLVEDA
- Domicilio
- y Conservador de Minas
Sociedad
- Capital
- $900.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Dos años prorrogables en forma automática y sucesiva por términos de dos años cada uno
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto (i) la realización de actividades de asesoramiento en materias empresariales, estratégicas, financieras, tecnológicas, informáticas, de telecomunicaciones, y, en definitiva, cualquier otra industria o actividad complementaria o afín a las antes indicadas, (ii) la realización de toda clase de actividades de inversión, adquisición, venta, intermediación y arrendamiento de toda clase de bienes, pudiendo dichas actividades recaer sobre bienes muebles o inmuebles, propios o arrendados, amoblados o no amoblados, financieros o no financieros, motorizados o no motorizados, domésticos, de oficina o de otra de clase clasificada o no, a cambio de retribución o por contrata; pudiendo, incluso, iniciar, invertir o adquirir participaciones en otras empresas y emprendimientos, y, (iii) en general, la planificación, realización, despliegue y ejecución de cualquier actividad que sea consistente con los fines y objetos antes indicados. Se hace presente que las actividades señaladas a lo largo de los tres numerales precedentes podrán ser ejecutadas por la Sociedad, directamente a través de sus socios, o bien, a través de aquellos terceros que ésta contrate para tales efectos
Administración
Corresponderá a don Rodrigo Alejandro Velásquez Pavicic en forma individual, con las más amplias facultades, o bien, a doña Paola Andrea Careaga Leal y don Ricardo Javier Velásquez Pavicic, actuando estas últimas dos personas en forma conjunta con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO SALGADO SEPÚLVEDA, abogado, Notario Público y Conservador de Minas, Titular de Concepción, Octava Región, con oficio en Barros Arana N° 989, CERTIFICO: que por escritura pública otorgada con fecha 17/02/2026 ante mí, Repertorio 932-2026, don Rodrigo Alejandro Velásquez Pavicic, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 10.648.894-0 y doña Paola Andrea Careaga Leal, chilena, casada, odontóloga, cédula de identidad N° 16.285.627-8, ambos con domicilio para estos efectos en calle Jesús Palou N° 3038, comuna de Concepción; quienes acordaron constituir una sociedad de responsabilidad limitada conforme los siguientes términos: Razón social. “Asesorías e Inversiones P y J Limitada”, pudiendo utilizar como nombres de fantasía los términos “Asesorías e Inversiones P y J Ltda.” o “P y J Ltda.”. Domicilio. La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias que se puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración. Dos años prorrogables en forma automática y sucesiva por términos de dos años cada uno. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto (i) la realización de actividades de asesoramiento en materias empresariales, estratégicas, financieras, tecnológicas, informáticas, de telecomunicaciones, y, en definitiva, cualquier otra industria o actividad complementaria o afín a las antes indicadas, (ii) la realización de toda clase de actividades de inversión, adquisición, venta, intermediación y arrendamiento de toda clase de bienes, pudiendo dichas actividades recaer sobre bienes muebles o inmuebles, propios o arrendados, amoblados o no amoblados, financieros o no financieros, motorizados o no motorizados, domésticos, de oficina o de otra de clase clasificada o no, a cambio de retribución o por contrata; pudiendo, incluso, iniciar, invertir o adquirir participaciones en otras empresas y emprendimientos, y, (iii) en general, la planificación, realización, despliegue y ejecución de cualquier actividad que sea consistente con los fines y objetos antes indicados. Se hace presente que las actividades señaladas a lo largo de los tres numerales precedentes podrán ser ejecutadas por la Sociedad, directamente a través de sus socios, o bien, a través de aquellos terceros que ésta contrate para tales efectos. Capital. $900.000 que los socios enteran en este acto en dinero en efectivo y en las siguientes proporciones: (i) Don Rodrigo Alejandro Velásquez Pavicic aporta la cantidad de $891.000; correspondiéndole, por tanto, un 99,99% de los derechos y obligaciones que los socios tienen en la Sociedad, y (ii) doña Paola Andrea Careaga Leal aporta la cantidad de $9.000; correspondiéndole, por tanto, un 0,01% de los derechos y obligaciones que los socios tienen en la Sociedad. Administración. Corresponderá a don Rodrigo Alejandro Velásquez Pavicic en forma individual, con las más amplias facultades, o bien, a doña Paola Andrea Careaga Leal y don Ricardo Javier Velásquez Pavicic, actuando estas últimas dos personas en forma conjunta con las más amplias facultades. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Concepción, 16 de marzo de 2026.