MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PRIME INTEGRAL SpA

RUT 76109545-5 CVE 2783544
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de marzo de 2026
Notaría
Antofagasta Suplente

Instrumento

Fecha
6 de marzo de 2026
Notario
Denise Paola Fajardo Fajardo
Oficio
Sexta Notaria de Antofagasta Suplente del Titular don Francisco Martínez Torres
Comuna
Antofagasta Suplente

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Administración

La administración, representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a don MAURICIO DAGOBERTO ZÁRATE ESPINOZA, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos noventa mil quinientos setenta y nueve guion dos, y a doña LEE SOLANGE WILLATT MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad número cédula nacional de identidad número doce millones doscientos noventa mil doscientos setenta y cinco guion siete, quienes podrán actuar indistintamente en forma separada o conjunta. Los Administradores tendrán las más amplias facultades, atribuciones y responsabilidades que en derecho corresponda, incluyendo la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. Los Administradores, actuando en forma individual, separada e indistintamente uno de otro, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán actuar, por vía ilustrativa y sin que la enumeración sea limitativa o restrictiva, en nombre y representación de la sociedad con las facultades señaladas en el Artículo Décimo Segundo siguiente de estos Estatutos Sociales”

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Código de Comercio modificó la sociedad PRIME INTEGRAL SpA socio 76109545-5

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42748 del 4 de septiembre de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Denise Paola Fajardo Fajardo, Notario Público de la Sexta Notaria de Antofagasta Suplente del Titular don Francisco Martínez Torres, abogado, Prat Nº 470, Oficina 3, Antofagasta, certifica que: Por escritura de fecha 06 de Marzo del año 2026, ante mí, Rep. N°1.513-2026, don MAURICIO DAGOBERTO ZÁRATE ESPINOZA, C.I. 11.890.579-2, domicilio en General Borgoño N° 934, piso tres, oficina 303, comuna de Antofagasta; de acuerdo con lo previsto en artículo 427 del Código de Comercio modificó la sociedad PRIME INTEGRAL SpA, RUT 76.109.545-5, constituida el 21/07/2010, por escritura pública otorgada ante el Notario de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fs. 412, No. 585, del Registro de Comercio de 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, publicada en Diario Oficial de 26/08/2010, y transformada en una sociedad por acciones por escritura pública de 31/08/2020, otorgada en Notaría de Antofagasta de Francisco Martínez Torres, extracto inscrito a fojas 589 vuelta, N° 537, Registro de Comercio de 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y publicado en Diario Oficial N° 42.748 de 4/09/2020. Capital de la sociedad: $1.000.000.- Modificación consiste: Se reemplaza artículo décimo primero del estatuto por el siguiente: “Artículo Décimo Primero: Administración. La administración, representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a don MAURICIO DAGOBERTO ZÁRATE ESPINOZA, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos noventa mil quinientos setenta y nueve guion dos, y a doña LEE SOLANGE WILLATT MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad número cédula nacional de identidad número doce millones doscientos noventa mil doscientos setenta y cinco guion siete, quienes podrán actuar indistintamente en forma separada o conjunta. Los Administradores tendrán las más amplias facultades, atribuciones y responsabilidades que en derecho corresponda, incluyendo la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. Los Administradores, actuando en forma individual, separada e indistintamente uno de otro, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán actuar, por vía ilustrativa y sin que la enumeración sea limitativa o restrictiva, en nombre y representación de la sociedad con las facultades señaladas en el Artículo Décimo Segundo siguiente de estos Estatutos Sociales”. Demás estipulaciones en escritura extractada y no son materia de extracto. Se faculta al portador de copia autorizada del presente instrumento para requerir del Conservador de Bienes Raíces competente, y de los registros públicos que correspondan, todas las publicaciones, inscripciones, subinscripciones, y anotaciones que procedan. En Antofagasta, a 10 de Marzo de 2026.