MANOLO SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2026
- Repertorio
- 1019
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de febrero de 2026, Repertorio N°1.019, ante la notario suplente Rose Marie Muñoz Álvarez, doña MASIEL BEATRIZ ACORIA GUERRERO, domiciliada en calle Bello Horizonte número 1.140, departamento 914, comuna de Las Condes, Región Metropolitana e INVERSIONES MACANUDO SpA, debidamente representado por don MANUEL ANDRÉS MUÑOZ DAGNINO, domiciliados en Camino del Faldeo número 3.121, comuna de Lo Barnechea, región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos accionistas de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista de la sociedad "Manolo SpA", inscrita a fojas 39.415, número 28.040 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al 2006. Modificaron la sociedad en el siguiente sentido: 1) Aumentar capital social ascendente a $20.000.000.- dividido en 2.000 acciones, en la suma de $39.690.000.- mediante la emisión de 120 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, quedando fijado el nuevo capital social en la suma de $59.690.000.- dividido 2.120 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado. 2) Con motivo de la modificación indica, se reemplazan los artículos sextos y séptimo de los estatutos sociales, referentes al capital social en lo siguiente: "Artículo Sexto. El capital de la Sociedad es la suma de $59.690.000, dividido en 2.120 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, sin perjuicio de las modificaciones del capital o del valor de las acciones, que se produzcan de pleno derecho de conformidad a la Ley. Las acciones cuyo valor no se encuentre íntegramente pagado, conservarán todos los derechos inherente a ellas, mientras se encuentre pendiente el plazo para su pago". "Artículo Séptimo. El capital de la Sociedad antes señalado, se encuentra íntegramente suscrito y pagado conforme a lo siguiente: uno) INVERSIONES MACANUDO SpA suscribe 1.999 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, equivalentes a la suma de $19.900.000.- pagada con anterioridad a esta fecha. Dos) MASIEL BEATRIZ ACORIA GUERRERO suscribe 121 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, esto es, la suma de $39.700.000.- las cuales ha pagado y pagará de la siguiente forma: (i) La cantidad de 1 acción equivalentes a la suma de $10.000 se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; y (ii) La cantidad de 120 acciones equivalentes a la suma de $39.690.000, que se pagan en este acto de la siguiente forma: a) Mediante la capitalización de la cuenta patrimonial por cobrar que mantiene en contra de la Sociedad, ascendente a $39.549.725; y b) Con la suma de $140.275 pesos, que se paga al contado, en dinero en efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de marzo de 2026.