MADERAS MAVAR Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2018
- Notario
- CARLOS FELIPE URBINA RESZCZYNSKI
- Oficio
- Quinta Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Antofagasta:
- Duración
- 5 años. Cuyo extracto de constitución quedo inscrito a fojas 322 N° 815 del año 2018, ante el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta. Por lo que vienen en sanear error en dicho extracto donde dice:
Objeto social
El objeto de la sociedad será: la compraventa, arrendamiento, representación, comercialización, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de maquinarias, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores,, instrumentos de precisión y otros repuestos y accesorios herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción y cualquier otra clase de bienes que permita comercializarse en ferreterías y otros establecimientos que las socias acuerden, además el transporte de personal y obras menores y montajes, así como también podrán dedicarse a cualquier otro giro o actividad que los socios de común acuerdo decidan.. Administración y Uso
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARCELA ALEJANDRA VARGAS LÓPEZ | socio | 13013828-4 | — | — | Antofagasta |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS FELIPE URBINA RESZCZYNSKI, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Antofagasta, con domicilio en calle Condell N°2330, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 31 de julio de 2018, ante la Segunda Notaria publica de Antofagasta, doña MARCELA ALEJANDRA VARGAS LÓPEZ, chilena, soltera, empresaria, Cédula Nacional de Identidad N° 13.013.828-4, con domicilio en Antonio Poupin N° 1143 departamento 701, Antofagasta, y doña CLAUDIA NICOLE VARGAS LÓPEZ, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad N° 16.875.147-8, con domicilio en calle Orella N° 1315, Antofagasta; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada MADERAS MAVAR Y COMPAÑIA LIMITADA, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar como MADERAS MAVAR LTDA. Domicilio: Antofagasta: Objeto: El objeto de la sociedad será: la compraventa, arrendamiento, representación, comercialización, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de maquinarias, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores,, instrumentos de precisión y otros repuestos y accesorios herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción y cualquier otra clase de bienes que permita comercializarse en ferreterías y otros establecimientos que las socias acuerden, además el transporte de personal y obras menores y montajes, así como también podrán dedicarse a cualquier otro giro o actividad que los socios de común acuerdo decidan.. Administración y Uso Razón Social: corresponderá a Ambas Socias indistintamente. Capital: Será la suma de $10.000.000, que los socios aportarán del modo siguiente: la Socia Marcela Alejandra Vargas López, la suma de $5.000.000, correspondiente al 50% de los derechos sociales, en dinero efectivo, ingresándolos en dinero efectivo, los que ingresa a la caja social en este acto; La socia Claudia Nicole Vargas López, aporta la suma de $5.000.000, correspondiente al 50% de los derechos sociales, ingresándolos en dinero efectivo, los que ingresa a la caja social en este acto; Responsabilidad: Se limita hasta monto del aporte. Plazo: 5 años. Cuyo extracto de constitución quedo inscrito a fojas 322 N° 815 del año 2018, ante el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta. Por lo que vienen en sanear error en dicho extracto donde dice: Plazo: 5 años. Debe decir: Plazo: la duración de la sociedad será de cinco años contados de la celebración de la presente escritura, prorrogables tácita y automáticamente por periodos iguales, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle termino a su vencimiento o al de cualquiera de sus prorrogas posteriores, mediante declaración efectuada con una anticipación mínima de tres meses a la fecha fijada para su término, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio de Antofagasta. En todo lo no saneado y modificado quedan vigentes las estipulaciones del pacto social original. Antofagasta, 11 de marzo de 2026.