Servicios de Cobranza UECSA SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2026
- Repertorio
- 946-2026
- Notario
- CAROLINA PIÑA CUEVAS
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Concepcion
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de cobranza, tanto judicial como extrajudicial, de todo tipo de créditos, sea que consten en títulos ejecutivos o no, ya sea obrando a nombre propio o a nombre y por cuenta del acreedor
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA PIÑA CUEVAS, Notario Público Interino de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada el 21 de enero de 2026 (Repertorio N°946-2026), ante don Iván Torrealba Acevedo, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de SERVICIOS DE COBRANZA UECSA SpA (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 21 de enero de 2026, en la que el accionista NUEVO SANATORIO ALEMÁN SpA acordó modificar los estatutos sociales en asuntos que no son materia de extracto, y reemplazar íntegramente los estatutos de la Sociedad por un nuevo texto refundido de los mismos, de los cuales se extracta lo siguiente: Razón Social: Servicios de Cobranza UECSA SpA. Domicilio: La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Concepcion, sin perjuicio de poder establecer oficinas, sucursales o representaciones en otras ciudades. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de cobranza, tanto judicial como extrajudicial, de todo tipo de créditos, sea que consten en títulos ejecutivos o no, ya sea obrando a nombre propio o a nombre y por cuenta del acreedor. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en 100 acciones, todas nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 03 de marzo de 2026.