MAQUINARIA Y SEVICIOS SOTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2015
- Notario
- OMAR RETAMAL BECERRA
- Domicilio
- Talcahuano
- Comuna
- Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOMAR RETAMAL BECERRA, Abogado, Notario Publico de Talcahuano, Av. Colon 599, CERTIFICO: Que con fecha 26 de febrero del 2026, otorgado ante mí, don HECTOR JORGE SOTO BURGOS y don RICHARD JORGE SOTO SAAVEDRA, ambos domiciliados en Pasaje Tres, casa 524, Población San Marcos, comuna de Talcahuano. Modificaron sociedad de Responsabilidad Limitada MAQUINARIA Y SEVICIOS SOTO LIMITADA, constituida con fecha con fecha 15 de enero del año 2010, otorgada ante la notaria de Concepción Luis Armando Carrillo Caro, suplente del titular don Carlos Alberto Miranda Jiménez, el título fue inscrito a fojas 147 vuelta, número 159 del año 2010 del Registro de Comercio de Concepción y publicado en la edición del 25 de enero de 2010 del Diario Oficial; Modificada con fecha 4 de mayo del año 2015, por escritura pública otorgada en la Primera Notaría de Talcahuano, de don Omar Retamal Becerra, extracto inscrito a fojas 1179 vuelta, número 941 del año 2015 del Registro de Comercio de Concepción y publicado en la Edición del 13 de mayo de 2015 del Diario Oficial. RUT 76.086.433-1. Capital $12.000.000., en el siguiente sentido: 1)Los actuales socios de la sociedad MAQUINARIA y SERVICIOS SOTO LIMITADA son: HECTOR JORGE SOTO BURGOS con el 10% de sus derechos sociales y don RICHARD JORGE SOTO SAAVEDRA con el 90% de sus derechos sociales 2) Cesión de derecho: a) Por el presente acto e instrumento don RICHARD JORGE SOTO SAAVEDRA ,vende, cede y transfiere el 90% de sus derechos a don HECTOR JORGE SOTO BURGOS QUIEN COMPRA, ACEPTA Y ADQUIERE PARA SÍ LA MENCIONADA PARTICIPACION SOCIAL, en la suma de $10.800.000 que se pago al contado y en efectivo . Como consecuencia de la cesión anteriormente descrita, quedan como único socio de la Sociedad don HECTOR JORGE SOTO BURGOS, CON UNA PARTICIPACION DEL 100%. 3) La administración representación y uso de la razón social corresponderá a don HECTOR JORGE SOTO BURGOS quien podrá actuar en forma con las mismas facultades señaladas en la escritura de constitución de sociedad. 4) Los comparecientes liberan total y cabalmente de toda responsabilidad, a don RICHARD JORGE SOTO SAAVEDRA. En todo lo que no se modifica por el presente instrumento rige íntegramente lo estipulado en los estatutos sociales, entendiéndose la presente escritura como parte integra de dicho estatuto. Talcahuano 09 de marzo de 2026.