Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2026
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compra y venta de áridos; el transporte de carga en todas sus formas, nacional o internacional, por cuenta propia o ajena; la administración en la actividad del transporte, la percepción de sus frutos y la inversión del producto; el movimiento de tierra, retiro de escombros y la realización de obras complementarias de toda clase; las prestaciones de servicios y ejecuciones de obras con maquinarias pesadas o de todo tipo; la compra y venta de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles relacionados con el objetivo anterior; y, en general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad, relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores
Administración
Corresponderá a uno o más mandatarios designados por acuerdo de la Junta de Accionistas del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública, o también por escritura pública o instrumento equivalente otorgado en el extranjero, suscrito por la totalidad de los accionistas, en que conste tal designación, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 4 de marzo de 2026, repertorio número 2685-2026, doña Danitza Bernardita Madariaga Santibáñez constituyó sociedad por acciones, cuyas principales cláusulas extracto: Razón Social: MADARIAGA SANTIBÁÑEZ SpA. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será la compra y venta de áridos; el transporte de carga en todas sus formas, nacional o internacional, por cuenta propia o ajena; la administración en la actividad del transporte, la percepción de sus frutos y la inversión del producto; el movimiento de tierra, retiro de escombros y la realización de obras complementarias de toda clase; las prestaciones de servicios y ejecuciones de obras con maquinarias pesadas o de todo tipo; la compra y venta de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles relacionados con el objetivo anterior; y, en general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad, relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Capital: El capital es de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en el mismo acto. Administración: Corresponderá a uno o más mandatarios designados por acuerdo de la Junta de Accionistas del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública, o también por escritura pública o instrumento equivalente otorgado en el extranjero, suscrito por la totalidad de los accionistas, en que conste tal designación, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 10 de marzo de 2026.