MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA CJ SpA

RUT 77406192-4 CVE 2783202
Fecha instrumento
6 de marzo de 2026
Notaría
Coronel

Instrumento

Fecha
6 de marzo de 2026
Repertorio
215-2026
Notario
Notario suplente de don Ricardo Andrés Retamal Parada
Domicilio
u Conservador Interino de Bienes Raíces
Comuna
Coronel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA ISABEL ROJAS JAMETT, Abogado-Notario Público Titular de la Primera Notaría de Coronel, con oficio en Calle Sotomayor 520, Certifica: Que, por escritura publica de fecha 06 de Marzo de 2026, Repertorio 215-2026, ante mi Suplente doña Alexia Hidalgo Delgado, don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos sesenta y un mil seiscientos cuatro guion seis y don HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos ochenta y tres mil ochenta y ocho guion cero, celebraron un contrato de modificación de la sociedad CONSTRUCTORA CJ SPA.- ANTECEDENTES: Constitución: Por escritura pública de fecha uno de junio del año dos mil veintiuno, suscrita ante don Juan Ignacio Retamal Parada, Notario suplente de don Ricardo Andrés Retamal Parada, Notario Público u Conservador Interino de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos, con oficio en Alcázar ciento ochenta y nueve B, Lebu, se constituyó la sociedad “CONSTRUCTORA CJ SPA”. Un extracto de la referida escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos a fojas siete, número seis correspondiente al año dos mil veintiuno, y publicado en el de fecha veinticinco de noviembre del año dos mil veinticuatro, suscrita ante don Daniel Rigoberto Álvarez Soza, abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos, con oficio en Alcázar ciento ochenta y nueve, Lebu, se modificó la sociedad “CONSTRUCTORA CJ SPA”. Un extracto de la referida escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos a fojas cuarenta y seis, número veintiséis correspondiente al año dos mil veinticuatro, y publicado en el Diario Oficial con fecha dos de diciembre del dos mil veinticuatro. – PROPIEDAD SOBRE LAS ACCIONES: De acuerdo a las estipulaciones de la escrituras públicas anteriormente individualizas, los actuales accionistas de la sociedad “Constructora CJ SpA” son: don Christopher Andrés Jaramillo Escobar con cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (50), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a quinientos mil pesos ($500.000), las que se encuentran íntegramente pagadas y debidamente registradas a su nombre según consta en el registro de accionistas de la sociedad bajo el folio número dos, y don Harz Marthin Müller Jeldres con cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (50), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a quinientos mil pesos ($500.000), las que se encuentran íntegramente pagadas y debidamente registradas a su nombre según consta en el registro de accionistas de la sociedad bajo el folio número dos.- AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL Y MODIFICACIÓN: Los accionistas y comparecientes acordaron por unanimidad lo siguiente: Uno. - Aumentar el capital de la sociedad en catorce millones de pesos, aumentando así el capital previo de un millón de pesos a quince millones de pesos, mediante la emisión de mil cuatrocientas nuevas acciones de pago cuyo valor de colocación será de diez mil pesos por acción. Dos.- Que el aumento de capital precedentemente acordado será pagado en dinero efectivo, por los actuales accionistas de la siguiente manera: don Christopher Andrés Jaramillo Escobar pagara en dinero efectivo setecientas acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (700), equivalente a la suma de siete millones de pesos ($7.00.000), y don Harz Marthin Müller Jeldres pagara en dinero efectivo setecientas acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (700), equivalente a la suma de siete millones de pesos ($7.00.000). Tres. - En virtud de lo anterior, acordaron reformar el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los del siguiente tenor: a) "Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de quince millones de pesos, dividido en mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos". b) “Artículo primero transitorio. El capital de la Sociedad asciende a la suma de quince millones de pesos, dividido en mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, el que se suscribe y paga del modo siguiente: don Christopher Andrés Jaramillo Escobar en este acto, ejerciendo su derecho de opción preferente, suscribe setecientas acciones, por un total de siete millones de pesos, las que deberán ser pagadas a más tardar dentro del plazo de dos años a contar de esta fecha, las cincuenta acciones restantes, equivalente a quinientos mil pesos ya se encuentran pagadas, y don Harz Marthin Müller Jeldres en este acto, ejerciendo su derecho de opción preferente, suscribe setecientas acciones, por un total de siete millones de pesos, las que deberán ser pagadas a más tardar dentro del plazo de dos años a contar de esta fecha, las cincuenta acciones restantes, equivalente a quinientos mil pesos ya se encuentran pagadas.- PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN: En virtud del aumento del capital social antes acordado, el porcentaje de participación que tiene en consecuencia don Christopher Andrés Jaramillo Escobar corresponde setecientas cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (750), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000) y don Harz Marthin Müller Jeldres corresponde setecientas cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (750), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000). Coronel, 11 de Marzo de 2026.