UBILLA Y ZAPATA ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de febrero de 2026
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación Comunas Temuco
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- La Sociedad tendrá como domicilio la comuna y ciudad de Temuco
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno
- Ley aplicable
- ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica y legal, en todas las áreas del derecho, por abogados legalmente habilitados para el ejercicio de la profesión, así como la realización de todas aquellas actividades que sean directa y necesariamente complementarias a dicha prestación profesional
Administración
La administración será de manera conjunta y)o separada por los socios don MAX PATRICIO UBILLA VILLA y don RODRIGO EDUARDO ZAPATA GUERRA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública otorgada Ante mi Suplente doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas, en fecha 24 de Febrero de 2026, anotada bajo el repertorio número 1937-26, compareció don MAX PATRICIO UBILLA VILLA, abogado, cédula de identidad N°16.316.556-2, y don RODRIGO EDUARDO ZAPATA GUERRA, abogado, cédula de identidad número 18.727.485-0, ambos domiciliados en calle España 460 oficina 706, Temuco, Región de la Araucanía, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, bajo las prescripciones de la ley 3.918, teniendo presente las disposiciones del Código Civil y Comercio que tratan sobre dicha materia. NOMBRE: UBILLA Y ZAPATA ABOGADOS LIMITADA, pudiendo usar nombre de fantasía "UBILLA Y ZAPATA ABOGADOS" o "U&Z ESTUDIO". OBJETO: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica y legal, en todas las áreas del derecho, por abogados legalmente habilitados para el ejercicio de la profesión, así como la realización de todas aquellas actividades que sean directa y necesariamente complementarias a dicha prestación profesional. ADMINISTRACIÓN: La administración será de manera conjunta y/o separada por los socios don MAX PATRICIO UBILLA VILLA y don RODRIGO EDUARDO ZAPATA GUERRA. CAPITAL: Es la suma de $5.000.000, monto que aportaron un 50% don MAX PATRICIO UBILLA VILLA y un 50% don RODRIGO EDUARDO ZAPATA GUERRA, y pagaron en el acto en dinero en efectivo. Los socios limitan sus responsabilidades hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno. DOMICILIO: La Sociedad tendrá como domicilio la comuna y ciudad de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otros lugares, incluso fuera del territorio nacional. Demás estipulaciones escritura extractada. DOY FE.- Temuco, 11 de Marzo de 2026.