CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LA TOSCANA INMOBILIARIA LIMITADA

CVE 2782738
Capital
$440.000 CLP
Fecha instrumento
13 de enero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de enero de 2026
Repertorio
1706-2026
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42ª. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$440.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de diez años. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor. Sexto)
Ley aplicable
Ley N° 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La adquisición, compraventa, arriendo, subarriendo, leasing, explotación, administración, mantención y disposición por cualquier título de toda clase de bienes muebles e inmuebles. b) La explotación agrícola de predios rurales propios o de terceros, la plantación, cultivo, producción, cosecha y comercialización de frutos de productos agrícolas y sus derivados. c) la compra, venta, arrendamiento, administración y explotación de campos agrícolas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos civiles y comerciales, participar en otras sociedades o negocios de objeto similar o relacionado, adquirir, gravar y enajenar bienes muebles e inmuebles, otorgar y aceptar garantías, y ejecutar todos aquellos actos que sean necesarios o conducentes para el desarrollo de sus actividades, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.- Tres)

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don GILBERTO ARTURO ROCO SEPÚLVEDA, quien, actuando individual e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la Sociedad en todos los actos y contratos.- Cuatro)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de 42ª. Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3001, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por Escritura Pública de fecha 13 de enero de 2026, Repertorio N° 1706-2026, otorgada ante mí, don GILBERTO ARTURO ROCO SEPÚLVEDA y la sociedad INVERSIONES ROCO JORQUERA SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Condes número 10465, departamento seiscientos veinte, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se regirá de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 3.918 y sus modificaciones, en virtud de la división de AGRINUTZ LIMITADA, inscrita a fojas 52275 número 26994 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018 cuya división se efectuó en la misma escritura que se extracta: Uno) Razón Social: “LA TOSCANA INMOBILIARIA LIMITADA” pudiendo actuar con el nombre de fantasía “LA TOSCANA INMOBILIARIA LTDA” Dos) Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La adquisición, compraventa, arriendo, subarriendo, leasing, explotación, administración, mantención y disposición por cualquier título de toda clase de bienes muebles e inmuebles. b) La explotación agrícola de predios rurales propios o de terceros, la plantación, cultivo, producción, cosecha y comercialización de frutos de productos agrícolas y sus derivados. c) la compra, venta, arrendamiento, administración y explotación de campos agrícolas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos civiles y comerciales, participar en otras sociedades o negocios de objeto similar o relacionado, adquirir, gravar y enajenar bienes muebles e inmuebles, otorgar y aceptar garantías, y ejecutar todos aquellos actos que sean necesarios o conducentes para el desarrollo de sus actividades, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.- Tres) Administración y uso de la razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don GILBERTO ARTURO ROCO SEPÚLVEDA, quien, actuando individual e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la Sociedad en todos los actos y contratos.- Cuatro) Capital: El capital de la sociedad es la suma de 440.000 pesos íntegramente pagado con parte del capital de AGRINUTZ LIMITADA que los socios aportan en proporción a su participación en la Sociedad, es decir: a) don GILBERTO ARTURO ROCO SEPÚLVEDA, quien aportó la suma de un 4.400 pesos, los que representan un 1% del haber social; b) INVERSIONES ROCO JORQUERA SpA, quien aportó la suma de 435.600 pesos , los que representan un 99% del haber social. Capital totalmente enterado. Quinto) Duración: La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de diez años. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor. Sexto) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero. Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura y/o de su extracto para requerir del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 11 de marzo de 2026.