Inversiones Meraki Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2026
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Administración
La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a Joanna Nurith Hutter Hofmann y a Juan Guillermo Guiloff Valls, quiénes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales. /6) Otras modificaciones: se acordaron otras modificaciones a los estatutos sociales que no son materias de extracto. En todo lo no modificado, los estatutos de Inversiones Meraki Limitada se mantienen inalterados, en particular, en lo relativo a que la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifica que: por escritura pública de fecha 23 de febrero de 2026, ante GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de La Reina, Joanna Nurith Hutter Hofmann, Juan Guillermo Guiloff Valls, Sofía Andrea Guiloff Hutter Rafaela Guiloff Hutter, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N° 3579, casa 11, Lo Barnechea, Santiago; en su calidad de únicos socios de “INVERSIONES MERAKI LIMITADA” inscrita a fojas 122.057 número 45.766 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2025 /en adelante, la “Sociedad”/, acordaron las siguientes modificaciones sociales: acordaron las siguientes modificaciones: /1/ Se efectúan las siguientes cesiones de derechos: Juan Guillermo Guiloff Valls, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 50% del capital social, en partes iguales, a Sofía Andrea Guiloff Hutter y a Rafaela Guiloff Hutter al precio total de $500.000, el cual se pagó en la forma señalada en la escritura extractada. /2/ Salida de socios e incorporación de nueva socia: En virtud de las cesiones de derechos sociales contenidas en la escritura extractada, Juan Guillermo Guiloff Valls deja de ser socio de Inversiones Meraki Limitada con la expresa aceptación de los restantes socios. Por su parte, Sofía Andrea Guiloff Hutter y Rafaela Guiloff Hutter se incorporan como nuevas socias de la Sociedad. /3/ Aumento de capital: se acordó aumentar el capital social, desde $1.000.000 a $50.000.000. El aumento de capital acordado deberá ser enterado en dinero efectivo y en este mismo acto. El aumento por la suma de $49.000.000 fue suscrito en su totalidad, en partes iguales, por Sofía Andrea Guiloff Hutter y Rafaela Guiloff Hutter, equivalente a $24.500.000 cada una, cantidad que se pagó en la forma señalada en la escritura extractada. /4/ Modificación clausula 4° estatutos: El capital social asciende a la cantidad de $50.000.000, el que ha sido íntegramente suscrito por los socios de la siguiente forma: /a/ Joanna Nurith Hutter Hofmann ha suscrito y aportado 1% del capital e interés social, lo que equivale a $500.000, íntegramente pagados en dinero efectivo; /b/ Sofía Andrea Guiloff Hutter ha suscrito y aportado 49,5% del capital e interés social, lo que equivale a $24.750.000, íntegramente pagados en dinero efectivo; y, c) Rafaela Guiloff Hutter ha suscrito y aportado 49,5% del capital e interés social, lo que equivale a $24.750.000, íntegramente pagados en dinero efectivo. /5/ Modificación Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a Joanna Nurith Hutter Hofmann y a Juan Guillermo Guiloff Valls, quiénes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales. /6/ Otras modificaciones: se acordaron otras modificaciones a los estatutos sociales que no son materias de extracto. En todo lo no modificado, los estatutos de Inversiones Meraki Limitada se mantienen inalterados, en particular, en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de marzo de 2026.