CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FRANQUICIAS ACEVEDO GONZALEZ SpA

CVE 2782669
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de marzo de 2026
Repertorio
2748-2026
Notario
Eduardo Diez Morello
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad, para todos los efectos legales, es la ciudad de Santiago
Duración
Cinco años, plazo que se entenderá automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales
Ley aplicable
Ley N° 19.039

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo para el desarrollo de actividad comercial, en calidad de franquiciada, de la franquicia denominada “NOW®”, en virtud del contrato de franquicia que celebre con el titular de la marca y del sistema, conforme a lo dispuesto en los artículos 2053 y siguientes del Código Civil y artículos 348 y siguientes del Código de Comercio, según el tipo societario adoptado. En cumplimiento de lo anterior, la sociedad se dedicará a: a) La instalación, desarrollo, administración y operación de uno o más establecimientos de comercio bajo la marca “NOW®”, en la UBICACIÓN APROBADA y dentro del ÁREA DE RESPONSABILIDAD PRIMARIA que contractualmente se le asigne. b) La prestación y comercialización al público de los PRODUCTOS Y SERVICIOS HOMOLOGADOS por el franquiciante, en estricta conformidad al SISTEMA NOW®, al MANUAL DE FRANQUICIA vigente y a las instrucciones técnicas, comerciales y operativas impartidas por éste. c) La compra, adquisición, distribución y comercialización de bienes corporales muebles, insumos, productos, equipamiento y demás elementos necesarios para la correcta explotación del establecimiento franquiciado, de conformidad con lo autorizado por el franquiciante. d) La celebración de toda clase de actos y contratos civiles y comerciales que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento del objeto social, conforme a lo dispuesto en el artículo 1° del Código de Comercio. e) La utilización y explotación de marcas, signos distintivos, nombres comerciales, know how y demás derechos de propiedad industrial asociados a la franquicia “NOW®”, con estricta sujeción a la Ley N° 19.039 sobre Propiedad Industrial y al contrato de franquicia respectivo. La sociedad no podrá desarrollar actividades ajenas al objeto antes descrito, ni explotar marcas, productos o servicios distintos de aquellos expresamente autorizados por el franquiciante, salvo autorización previa y escrita de éste. El objeto social deberá interpretarse y ejecutarse siempre en armonía con el contrato de franquicia vigente, el cual regulará las condiciones específicas de operación, uso de marca, estándares de calidad, delimitación territorial y demás obligaciones propias del sistema de franquicia. En general la sociedad podrá celebrar contratos y ejecutar todos los actos que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con el mismo o tiendan a su consecución. Administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo Diez Morello, chileno, abogado, Notario Público de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359 comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública suscrita el día diecinueve de febrero del año dos mil veintiséis, Repertorio 2.748-2026, ante mí suplente MARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, Notario Suplente, comparecieron: don VÍCTOR DANTE ACEVEDO CORTÉS, de nacionalidad chilena, casado, Ingeniero Civil Químico, Cédula Nacional de Identidad número diez millones mil cuatrocientos sesenta y cinco guión tres, representando a la sociedad por acciones SOCIEDAD ACEVEDO INVERSIONES Y NEGOCIOS SpA, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones doscientos noventa y cuatro mil novecientos sesenta y ocho guión tres, del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Providencia, Región Metropolitana y don OSCAR ADOLFO GONZÁLEZ HENRÍQUEZ, de nacionalidad chilena, casado, Ingeniero Civil Industrial, Cédula Nacional de Identidad número diez millones novecientos noventa y un mil trescientos sesenta y tres guión cuatro, representando a la sociedad por acciones SOCIEDAD GONZALEZ HENRIQUEZ INVERSIONES Y NEGOCIOS SpA, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones trescientos cincuenta y ocho mil ciento cuarenta y uno guión ocho ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Providencia, Región Metropolitana constituyeron una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social. FRANQUICIAS ACEVEDO GONZALEZ SpA. Domicilio. El domicilio de la sociedad, para todos los efectos legales, es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Objeto Social. La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo para el desarrollo de actividad comercial, en calidad de franquiciada, de la franquicia denominada “NOW®”, en virtud del contrato de franquicia que celebre con el titular de la marca y del sistema, conforme a lo dispuesto en los artículos 2053 y siguientes del Código Civil y artículos 348 y siguientes del Código de Comercio, según el tipo societario adoptado. En cumplimiento de lo anterior, la sociedad se dedicará a: a) La instalación, desarrollo, administración y operación de uno o más establecimientos de comercio bajo la marca “NOW®”, en la UBICACIÓN APROBADA y dentro del ÁREA DE RESPONSABILIDAD PRIMARIA que contractualmente se le asigne. b) La prestación y comercialización al público de los PRODUCTOS Y SERVICIOS HOMOLOGADOS por el franquiciante, en estricta conformidad al SISTEMA NOW®, al MANUAL DE FRANQUICIA vigente y a las instrucciones técnicas, comerciales y operativas impartidas por éste. c) La compra, adquisición, distribución y comercialización de bienes corporales muebles, insumos, productos, equipamiento y demás elementos necesarios para la correcta explotación del establecimiento franquiciado, de conformidad con lo autorizado por el franquiciante. d) La celebración de toda clase de actos y contratos civiles y comerciales que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento del objeto social, conforme a lo dispuesto en el artículo 1° del Código de Comercio. e) La utilización y explotación de marcas, signos distintivos, nombres comerciales, know how y demás derechos de propiedad industrial asociados a la franquicia “NOW®”, con estricta sujeción a la Ley N° 19.039 sobre Propiedad Industrial y al contrato de franquicia respectivo. La sociedad no podrá desarrollar actividades ajenas al objeto antes descrito, ni explotar marcas, productos o servicios distintos de aquellos expresamente autorizados por el franquiciante, salvo autorización previa y escrita de éste. El objeto social deberá interpretarse y ejecutarse siempre en armonía con el contrato de franquicia vigente, el cual regulará las condiciones específicas de operación, uso de marca, estándares de calidad, delimitación territorial y demás obligaciones propias del sistema de franquicia. En general la sociedad podrá celebrar contratos y ejecutar todos los actos que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con el mismo o tiendan a su consecución. Administración y uso de razón social. La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don VÍCTOR DANTE ACEVEDO CORTÉS y a don OSCAR ADOLFO GONZÁLEZ HENRÍQUEZ sea actuando individualmente o en conjunto, quienes podrán ejercerla personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello. Capital. $1.000.000, dividido en 1,000 acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal; A) La sociedad SOCIEDAD ACEVEDO INVERSIONES Y NEGOCIOS SpA, $500.000, que equivale al cincuenta por ciento del capital social, efectivo, íntegramente suscrito, enterado y pagado a entera satisfacción de la sociedad. B) La sociedad SOCIEDAD OSCAR GONZALEZ ENRIQUEZ INVERSIONES Y NEGOCIOS SpA, $500.000, que equivale al cincuenta por ciento del capital social, efectivo, íntegramente suscrito, enterado y pagado a entera satisfacción de la sociedad. Plazo. Cinco años, plazo que se entenderá automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. 09 de marzo 2026.