Chadwick & Vicuña Servicios Profesionales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2026
- Notario
- CAROLINA E. PIÑA CUEVAS
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será realizar, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de la República de Chile: /a) El diseño, desarrollo, producción, comercialización, asesoría y ejecución de proyectos de diseño y decoración de interiores; /b) La compra, venta, importación y exportación de mobiliario, artículos de decoración, textiles, objetos de diseño y elementos para ambientación de espacios; c) La organización y realización de eventos, cursos, talleres, capacitaciones, publicaciones y otras actividades de asesoría, formación o difusión vinculadas al diseño y decoración de interiores; d) Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles para fines de inversión y)o renta. Para estos propósitos la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar, explotar o administrar, a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios de toda clase; efectos de comercio, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos en sociedades, cualquiera sea su naturaleza, tanto a nivel nacional como internacional; y /e) Realizar o participar en cualquier negocio, servicio o actividad, conexo o a fin a las actividades anteriores mencionadas o que derive de ellas, las complemente o sea una consecuencia de las mismas, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por las leyes chilenas, pudiendo desarrollar cualquiera de las actividades antes enumeradas en Chile y en el extranjero que se relacione directa o indirectamente con los fines de esta sociedad. IV)Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, así como los domicilios especiales que pueda establecer la Sociedad en actos o contratos determinados. V)
Administración
El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá individual e indistintamente a doña María Eugenia Chadwick Braun y a doña Antonia Vicuña Porzio
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA E. PIÑA CUEVAS, Notario Público Interino de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 4 de marzo de 2026, repertorio número 2.710-2026, ante mí, i) doña MARÍA EUGENIA CHADWICK BRAUN, cédula de identidad número 17.403.673-k; y ii) y doña ANTONIA VICUÑA PORZIO, cédula de identidad número 17.403.789-2, en su calidad de únicas y actuales socias de la sociedad denominada “Chadwick & Vicuña Servicios Profesionales Limitada”, Rol Único Tributario número 78.083.575-3, (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 32.310, número 12.564 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025 y publicada en el Diario Oficial con fecha 16 de abril del 2025, acordaron, transformar la Sociedad en una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan: I) Socios: MARÍA EUGENIA CHADWICK BRAUN y ANTONIA VICUÑA PORZIO, ambas domiciliados en Cerro El Plomo 5855, oficina 505, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. II) Nombre o Razón Social: “ESTUDIO C&V SpA” sin perjuicio que podrá usar para fines comerciales, de propaganda y de toda otra índole, incluso ante bancos u otras instituciones, el nombre de fantasía “C&V SpA” III)Objeto: El objeto de la Sociedad será realizar, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de la República de Chile: /a/ El diseño, desarrollo, producción, comercialización, asesoría y ejecución de proyectos de diseño y decoración de interiores; /b/ La compra, venta, importación y exportación de mobiliario, artículos de decoración, textiles, objetos de diseño y elementos para ambientación de espacios; c) La organización y realización de eventos, cursos, talleres, capacitaciones, publicaciones y otras actividades de asesoría, formación o difusión vinculadas al diseño y decoración de interiores; d) Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles para fines de inversión y/o renta. Para estos propósitos la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar, explotar o administrar, a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios de toda clase; efectos de comercio, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos en sociedades, cualquiera sea su naturaleza, tanto a nivel nacional como internacional; y /e/ Realizar o participar en cualquier negocio, servicio o actividad, conexo o a fin a las actividades anteriores mencionadas o que derive de ellas, las complemente o sea una consecuencia de las mismas, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por las leyes chilenas, pudiendo desarrollar cualquiera de las actividades antes enumeradas en Chile y en el extranjero que se relacione directa o indirectamente con los fines de esta sociedad. IV)Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, así como los domicilios especiales que pueda establecer la Sociedad en actos o contratos determinados. V) Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. VI)Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000.- de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que fue suscrito y pagado de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. VII) Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá individual e indistintamente a doña María Eugenia Chadwick Braun y a doña Antonia Vicuña Porzio. Demás estipulaciones se encuentran en escritura extractada. Santiago, 4 de marzo de 2026.