Servicios Jurídicos Gasman Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- tres años contados desde fecha de la escritura extractada. Vencido este plazo, la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de tres años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por escritura pública, de la cual se tome nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías profesionales en materias legales, contables, económicas y afines
Administración
Corresponderá al socio Javier Alberto Gasman Malschafsky
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE ANDRES BASCUÑAN LIRA, Notario Suplente de la 26 Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3.196, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Febrero de 2026, repertorio número 1167-2026, ante mí, Javier Alberto Gasman Malschafsky, cédula de identidad número quince millones seiscientos cuarenta y dos trescientos sesenta y siete guion k y doña Josefa Aguirre Brautigam, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y nueve mil trescientos seis guion dos, ambos domiciliados en Avenida Bicentenario cuatro mil treinta y cinco, C cincuenta y dos, comuna de Vitacura y ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada según los estatutos que a continuación extracto: Razón Social: Servicios Jurídicos Gasman Limitada. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías profesionales en materias legales, contables, económicas y afines. Administración y uso de la razón social: Corresponderá al socio Javier Alberto Gasman Malschafsky. Duración: tres años contados desde fecha de la escritura extractada. Vencido este plazo, la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de tres años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por escritura pública, de la cual se tome nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma. a) Josefa Aguirre Brautigam se obliga a enterar el equivalente al diez por ciento del capital social, mediante el aporte de cien mil pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; b) Javier Alberto Gasman Malschafsky se obliga a enterar el equivalente al noventa por ciento del capital social, mediante el aporte de novecientos mil pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 04 de Marzo de 2026.