LA PRIMAVERA EP SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2026
- Repertorio
- 1788-2026
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) Organizar la demanda habitacional, informar y asesorar a personas naturales de las distintas materias relacionadas con él subsidio habitacional regulado en los distintos programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y)o a través de los distintos Serviu, como tramitar la postulación misma. b) Asesorar, en la adquisición de inmuebles destinados a proyectos de construcción, como en la adquisición de viviendas, asesorando la búsqueda identificación, selección, y adquisición de inmuebles, calificación técnica, económica, legal y social de las viviendas y proyectos habitacionales que se postulen, realizar las gestiones necesarias para la tramitación otorgamiento y financiamiento complementario que requieran los postulantes ante Bancos e Instituciones Financieras crediticias. c) Diseñar y ejecutar proyectos de arquitectura e ingeniería, proyectos de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todos lo necesarios para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda. d) Diseñar y ejecutar el plan de habilitación social de acuerdo al diagnóstico de las personas integrantes del grupo organizado postulado. e) Contratar las obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras. f) Realizar y contratar la inspección técnica de las obras. g) Realizar todas las actividades relacionadas con el corretaje de propiedades y administración de viviendas, edificios y obras. h) Realizar todos los negocios y operaciones relacionadas con las anteriores incluidas en la normativa regulada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que constituyan una prolongación o complemento de los fines de la sociedad y cualquiera otra que acordaren los socios”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, Av. El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico: (1) Haber tenido a la vista, con esta fecha, el Registro de Accionistas de LA PRIMAVERA EP SpA donde con fecha 4 de marzo de 2026 figuraba como única accionista la FUNDACIÓN DE AYUDA SOCIAL LA PRIMAVERA; y, (2) Que por instrumento privado de fecha 4 de marzo de 2026, protocolizado con esa misma fecha en esta Notaría, ante mí, en el registro del mes de marzo del mismo año, bajo el Repertorio N°1788-2026 y N° de protocolizado 747, la actual y única accionista de LA PRIMAVERA EP SpA modificó el objeto social, sustituyendo el artículo cuarto de los estatutos sociales por uno del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto: a) Organizar la demanda habitacional, informar y asesorar a personas naturales de las distintas materias relacionadas con él subsidio habitacional regulado en los distintos programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y/o a través de los distintos Serviu, como tramitar la postulación misma. b) Asesorar, en la adquisición de inmuebles destinados a proyectos de construcción, como en la adquisición de viviendas, asesorando la búsqueda identificación, selección, y adquisición de inmuebles, calificación técnica, económica, legal y social de las viviendas y proyectos habitacionales que se postulen, realizar las gestiones necesarias para la tramitación otorgamiento y financiamiento complementario que requieran los postulantes ante Bancos e Instituciones Financieras crediticias. c) Diseñar y ejecutar proyectos de arquitectura e ingeniería, proyectos de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todos lo necesarios para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda. d) Diseñar y ejecutar el plan de habilitación social de acuerdo al diagnóstico de las personas integrantes del grupo organizado postulado. e) Contratar las obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras. f) Realizar y contratar la inspección técnica de las obras. g) Realizar todas las actividades relacionadas con el corretaje de propiedades y administración de viviendas, edificios y obras. h) Realizar todos los negocios y operaciones relacionadas con las anteriores incluidas en la normativa regulada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que constituyan una prolongación o complemento de los fines de la sociedad y cualquiera otra que acordaren los socios”. Demás estipulaciones constan en instrumento privado protocolizado que se extracta. Santiago, 06 de marzo de 2026. MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino.