Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2026
- Repertorio
- 3581-2026
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) comercialización, importación, exportación, venta al por mayor y menor de juegos de mesa, juegos de habilidad y destreza, recreación y entretenimiento, de piezas, de sus partes, TCG, materiales, accesorios y todo elemento relacionado por cuenta propia o de terceros; b) comercialización, importación, exportación, venta al por mayor y menor, nuevos y usados de libros de ficción y no ficción, revistas, comic, accesorios, miniaturas, model kits, rompecabezas; c) organizar actividades o eventos diversos, explotación y mantención en cualquier forma, ya sea virtuales o presenciales en relación con juegos de habilidad, destreza, juegos de mesa TCG, grupales, de esparcimiento, electrónicos, video-juegos u otros por cuenta propia o ajena; d) instalación, creación, explotación y mantención de cafetería de entretención, juegos electrónicos, juegos de mesa, TCG y esparcimiento en general; e) compra venta de bebidas analcohólicas y alcohólicas, confites, y alimentos en general; f) comercialización, importación, exportación, producción, compra venta al por mayor y al por menor de productos nuevos y usados, arrendamiento, comodato, instalación de máquinas y juegos electrónicos de entretención, juegos de video; g) formar parte de sociedades o asociaciones, cuyo objeto esté relacionado de alguna forma con el objeto ya indicado; h) realizar cualquier otra actividad relacionada con las letras a) a la g) de este artículo. En general, podrá realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, pudiendo celebrar todo negocio y ampliar su objeto de acuerdo con los intereses de la empresa en lo correspondiente al giro social;
Administración
la administración y uso de la razón social será ejercida por el accionista constituyente, como Gerente general don ALONSO AURELIANO DEL VILLAR MARTÍNEZ, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, de acuerdo a lo estipulado en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 05 de marzo de 2026, ante mí, Repertorio N°3.581-2026, don ALONSO AURELIANO DEL VILLAR MARTÍNEZ, con domicilio en Calle Parque Florida N° 3807, comuna de Puente Alto, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: La sociedad se denomina “DISTRIBUIDOR DE SOMBRAS SpA”. Domicilio: La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: a) comercialización, importación, exportación, venta al por mayor y menor de juegos de mesa, juegos de habilidad y destreza, recreación y entretenimiento, de piezas, de sus partes, TCG, materiales, accesorios y todo elemento relacionado por cuenta propia o de terceros; b) comercialización, importación, exportación, venta al por mayor y menor, nuevos y usados de libros de ficción y no ficción, revistas, comic, accesorios, miniaturas, model kits, rompecabezas; c) organizar actividades o eventos diversos, explotación y mantención en cualquier forma, ya sea virtuales o presenciales en relación con juegos de habilidad, destreza, juegos de mesa TCG, grupales, de esparcimiento, electrónicos, video-juegos u otros por cuenta propia o ajena; d) instalación, creación, explotación y mantención de cafetería de entretención, juegos electrónicos, juegos de mesa, TCG y esparcimiento en general; e) compra venta de bebidas analcohólicas y alcohólicas, confites, y alimentos en general; f) comercialización, importación, exportación, producción, compra venta al por mayor y al por menor de productos nuevos y usados, arrendamiento, comodato, instalación de máquinas y juegos electrónicos de entretención, juegos de video; g) formar parte de sociedades o asociaciones, cuyo objeto esté relacionado de alguna forma con el objeto ya indicado; h) realizar cualquier otra actividad relacionada con las letras a) a la g) de este artículo. En general, podrá realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, pudiendo celebrar todo negocio y ampliar su objeto de acuerdo con los intereses de la empresa en lo correspondiente al giro social; Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Capital: El capital de la Sociedad asciende a $3.000.000.- (tres millones de pesos), dividido en mil acciones, acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, todas las cuales son suscritas por ALONSO AURELIANO DEL VILLAR MARTÍNEZ, a razón de $3.000.- (tres mil pesos) por cada acción, lo que en total asciende a la suma de $3.000.000.- (tres millones de pesos) que el suscriptor entera y paga de la siguiente manera: a) $1.000.000 (un millón de pesos) en este acto en dinero efectivo ingresando a la caja social; b) $2.000.000 (dos millones de pesos ) que el suscriptor enterará en un plazo de tres años en la caja social o en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Administración: la administración y uso de la razón social será ejercida por el accionista constituyente, como Gerente general don ALONSO AURELIANO DEL VILLAR MARTÍNEZ, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, de acuerdo a lo estipulado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago, 09 marzo de 2026.