COMERCIAL, SERVICIOS E INVERSIONES M Y C LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de junio de 1996
- Comuna
- Peñalolén
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO PARRA AHUMADA, Titular Primera Notaría Peñalolén, Avenida Grecia 5616, 2º Piso, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: doña CAROLIN SUSANA PARAVICH CHACON, don JAVIER IGNACIO PARIVICH CHACON, doña CATALINA ANTONIA PARAVICH ZUÑIGA, y don PAULO AGUSTIN PARAVICH ZUÑIGA, todos domiciliados en avenida Hacienda Macul N° 5580, Condominio El Estero, comuna de Peñalolén, modificaron sociedad “COMERCIAL, SERVICIOS E INVERSIONES M Y C LIMITADA”, y cuyo nombre de fantasía es “M y C Limitada”, inscrita a fojas 13.141, Nº 10.627 Registro Comercio Santiago 1996, publicado Diario Oficial 16 Junio 1996, modificada por escritura de fecha 31 de octubre de 2017, inscrita a fojas 89.976, N° 48.055 Registro Comercio Santiago 2017 y anotada margen social, publicada diario oficial 23 de diciembre junio 2017, y modificada por escritura de fecha 13 de agosto de 2024, inscrita a fojas 71.000, N° 28.405 Registro Comercio Santiago 2024 y anotada margen social, publicada diario oficial 21 de agosto 2024, forma siguiente: a) Carolin Susana Paravich Chacón, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 20% a Paulo Agustín Paravich Zúñiga, quien compra, adquieren y acepta para si en $1.250.000.- en dinero efectivo según consta en escritura extractada, quedando como únicos socios: doña Carolin Susana Paravich Chacón, con un 30% del capital social, don Javier Ignacio Paravich Chacón, y doña Catalina Antonia Paravich Zúñiga, con un 25% del capital social cada uno y don Paulo Agustín Paravich Zúñiga, con un 20% del capital social; b) Los actuales ratifican artículo quinto del pacto social en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña Carolin Susana Paravich Chacón, con las más amplias facultades, se designa como representante legal secundaria a doña Catalina Antonio Pravich Zúñiga, quien podrá actúa conjunta o separadamente respecto de la administradora titular, con limitación en escritura extractada. En lo no modificado, sigue vigente pacto y condiciones estatuto citado. Demás estipulaciones constan escritura extractada. PEÑALOLEN, 04 de marzo de 2025.