Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2026
- Repertorio
- 218-2026
- Notario
- CARLOS ALBERTO ALARCON LARA
- Oficio
- 22° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La intermediación remunerada de Contratos de Seguros Generales y Vida. B) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías en el área de seguros. C) Inversiones en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. d) Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la saciedad. La sociedad podrá establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna
Administración
La administración y representación corresponderá a DAVID ESTEBAN MARIQUEO ESPINOZA, C.N.I. N°13.268.708- 0, quien la ejercerá individualmente con amplias facultades de administración y disposición, pudiendo delegar la administración en una o más personas con las facultades que explícitamente se señalen, debiendo constar dicha designación en escritura pública o instrumento privado protocolizado y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DAVID ESTEBAN MARIQUEO ESPINOZA | socio | 13268708-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO ALARCON LARA, Abogado, Notario Público Interino de la 22° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida el Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico que: Por escritura pública de 04 de Marzo de 2026, Repertorio N°218-2026, ante mí, don DAVID ESTEBAN MARIQUEO ESPINOZA, Chileno, Corredor de seguros, cedula de identidad N° 13.268.708-0, domiciliado en La Rinconada N°915 Depto. 701, Comuna De Huechuraba, Región Metropolitana De Santiago, constituyó sociedad por acciones de conformidad a artículos 424 y siguientes Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “ABBA CORP SPA” Domicilio: Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La intermediación remunerada de Contratos de Seguros Generales y Vida. B) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías en el área de seguros. C) Inversiones en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. d) Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la saciedad. La sociedad podrá establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Administración: La administración y representación corresponderá a DAVID ESTEBAN MARIQUEO ESPINOZA, C.N.I. N°13.268.708- 0, quien la ejercerá individualmente con amplias facultades de administración y disposición, pudiendo delegar la administración en una o más personas con las facultades que explícitamente se señalen, debiendo constar dicha designación en escritura pública o instrumento privado protocolizado y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que fueron suscritas y pagadas por el único accionista de la sociedad Fernando Exequiel Ferrer DAVID ESTEBAN MARIQUEO ESPINOZA. El importe ingresó a la caja social. De conformidad a lo expuesto, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 09 de Marzo de 2026.