Servicios Jurídicos Pinilla, Muñoz & Cía. Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2026
- Repertorio
- 1660-2026
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
Los actuales y únicos socios doña CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS y doña YARLIN ALEXIA CORTÉS MACHUCA acuerdan modificar el artículo quinto del estatuto social únicamente en lo referido a eliminar al antiguo socio administrador FELIPE ANDRÉS MUÑOZ ARANDA, para dejar como socia administradora a doña CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS. En consecuencia, la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS, con todas y cada una de las facultades y poderes estipulados en la cláusula quinta de los estatutos sociales. Vigencia del pacto social primitivo. En todo lo no modificado queda vigente y mantienen pleno vigor las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino, Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Golf número noventa y nueve, oficina ciento uno B, comuna de Las Condes CERTIFICA: Por escritura pública Repertorio N° 1660-2026, fecha 27 febrero 2026 ante mí, FELIPE ANDRÉS MUÑOZ ARANDA, abogado, Agustinas 1070, oficina 417, Santiago, C.I. 15.726.228-9, CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS, abogada, Agustinas 1070, oficina 417, Santiago, C.I. 17.315.420-8 y YARLIN ALEXIA CORTÉS MACHUCA, abogada, Agustinas 1070, oficina 417, Santiago, C.I. 19.407.968-0; modifican sociedad “SERVICIOS JURÍDICOS PINILLA, MUÑOZ & CÍA. LIMITADA”, pudiendo actuar y funcionar, con el nombre de fantasía “PINIMU LTDA.” RUT 77.700.881-1, constituida por escritura 19 diciembre 2022, otorgada ante la 41º Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, extracto inscrito a Fs. 109.343 N°48.784, Registro Comercio Conservador Comercio Santiago, año 2022; publicado Diario Oficial 03 enero 2023, Sección V N°43.441; modificada mediante escritura pública otorgada con fecha 02 de julio de 2024, extracto inscrito a Fs. 58.002 N°23.519, Registro Comercio Conservador Comercio Santiago, año 2024; publicado Diario Oficial 13 julio 2024, Sección V N°43.889; en la forma siguiente: Cesión de derechos sociales. Los actuales y únicos socios de la sociedad SERVICIOS JURÍDICOS PINILLA, MUÑOZ & CÍA. LIMITADA, acordaron: UNO. Cesión de Derechos. FELIPE ANDRÉS MUÑOZ ARANDA vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 50 % de los derechos a YARLIN ALEXIA CORTÉS MACHUCA, quien los compra y adquiere para sí. El precio único y total de la cesión de los derechos cedidos precedentemente es la suma de $500.000.- pesos, que la cesionaria paga al cedente, al contado. Acorde con lo anterior, FELIPE ANDRÉS MUÑOZ ARANDA ha vendido y cedido el 100 % de sus derechos sociales que le corresponden en la Sociedad a YARLIN ALEXIA CORTÉS MACHUCA. DOS. Socios. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales señalada, son desde este momento únicos socios de la sociedad SERVICIOS JURÍDICOS PINILLA, MUÑOZ & CÍA. LIMITADA doña CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS, con un 50% de participación en la Sociedad y doña YARLIN ALEXIA CORTÉS MACHUCA, con un 50% de participación en la Sociedad, socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. TRES. Administración, Representación y uso de la Razón Social. Los actuales y únicos socios doña CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS y doña YARLIN ALEXIA CORTÉS MACHUCA acuerdan modificar el artículo quinto del estatuto social únicamente en lo referido a eliminar al antiguo socio administrador FELIPE ANDRÉS MUÑOZ ARANDA, para dejar como socia administradora a doña CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS. En consecuencia, la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña CAMILA FERNANDA PINILLA ROJAS, con todas y cada una de las facultades y poderes estipulados en la cláusula quinta de los estatutos sociales. Vigencia del pacto social primitivo. En todo lo no modificado queda vigente y mantienen pleno vigor las demás cláusulas del pacto social primitivo. Capital social: $1.000.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de marzo de 2026.