INVERSIONES EL CANELO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de febrero de 2026
- Repertorio
- 1022-2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.056.878 CLP
- Domicilio
- El domicilio será la ciudad de Santiago, República de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tiene por
Administración
La Sociedad será administrada por don Gonzalo Hernán Espinosa Rojas o por doña María José Arenas Donoso, ambos ya individualizados en la comparecencia, en adelante, el “Administrador”, quienes obrando de forma separada, independiente e indistintamente podrá representar a la Sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de juntas de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE ANDRÉS BASCUÑÁN LIRA, Notario suplente de don Humberto Quezada Moreno, Notario titular de la 26ª Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 18 de febrero de 2026, repertorio N° 1022-2026, ante el titular, a) don GONZALO HERNÁN ESPINOSA ROJAS, cédula nacional de identidad N° 9.034.586-9, y b) doña MARÍA JOSÉ ARENAS DONOSO, cédula nacional de identidad N° 10.653.291-5 ambos domiciliados para estos efectos en Avenida del Valle Norte novecientos treinta y dos, oficina quinientos uno, Huechuraba, Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES EL CANELO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT N° 76.702.320-0, sociedad inscrita a fojas 46.671, Nº 33.248 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2006, acordaron: a) aumentar el capital social en la suma de $304.116.014, esto es, desde la suma actual de $752.762.412 a la suma de $1.056.878.426, mediante la capitalización proporcional de la cuenta de revalorización de capital propio, por lo que se se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales por la siguiente: “Cuarto: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.056.878.426 que se aporta de la siguiente manera: a) don Gonzalo Hernán Espinosa Rojas con la suma de $739.814.898, equivalente a un 70% de los derechos sociales, y doña María José Arenas Donoso con la suma de $317.063.528, equivalente a un 30% de los derechos sociales”; y b) transformarla en una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: “INVERSIONES Y ASESORÍAS EL CANELO SPA”, la que podrá también actuar válidamente y para todos los efectos, incluso ante los bancos e instituciones financieras, bajo el nombre de fantasía “EL CANELO SPA”, en adelante la “Sociedad”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures, fondos mutuos, fondos de inversión, y en general en cualquier otro título de crédito o instrumento mercantil; formar parte de sociedades existentes o que se formen en el futuro de cualquier naturaleza y objeto para lo cual podrá adquirir derechos y acciones, con fines de inversión y renta; b) la prestación de servicios de asesoría y gestión, administración, intermediación y desarrollo de negocios en cualquier ámbito económico, por cuenta propia o de terceros, en Chile o en el extranjero; y c) en general, la realización de todos los actos y contratos conexos, complementarios o conducentes al cumplimiento del objeto social, así como aquellas actividades permanentes u ocasionales que acuerden sus accionistas. Duración: Indefinida. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, República de Chile, sin perjuicio de las oficinas y agencias que puedan establecerse en otras ciudades o localidades del país o en el extranjero. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.056.878.426, dividido en 1.000.000 acciones ordinarias y nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Dicho capital se encuentra, por tanto, ya totalmente enterado, suscrito y pagado por los accionistas de la Sociedad, conforme el siguiente detalle: a) Gonzalo Hernán Espinosa Rojas, con 700.000 acciones, representativas de un 70% del capital social, equivalentes a $739.814.898; y b) María José Arenas Donoso, con 300.000 acciones, representativas de un 30% del capital social, equivalentes a $317.063.528.- Administración: La Sociedad será administrada por don Gonzalo Hernán Espinosa Rojas o por doña María José Arenas Donoso, ambos ya individualizados en la comparecencia, en adelante, el “Administrador”, quienes obrando de forma separada, independiente e indistintamente podrá representar a la Sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de juntas de accionistas. Se requerirá consentimiento unánime de los accionistas de la Sociedad para modificar su administración y para cambiar o remover al Administrador de la Sociedad. El Administrador podrá delegar parte de sus facultades en los apoderados de la Sociedad que se nombren a tal efecto. Demás estipulaciones, incluyendo facultad para requerir y firmar todas las anotaciones e inscripciones que fuesen pertinentes, en escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2026. Felipe Andrés Bascuñán Lira. Notario Suplente.