MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Repetur Limitada

RUT 76706245-1 CVE 2781410
Fecha instrumento
17 de febrero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2026
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 17 de febrero de 2026, repertorio número 1.086, otorgada ante mí, don Horacio Repetur Salgado y doña Sandra Mariela Goldberg Gajardo, ambos domiciliados en San Crescente 551, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad Inmobiliaria Repetur Limitada (en adelante la “Sociedad”), acordaron modificarla en el siguiente sentido: 1. Donación. Don Horacio Repetur Salgado donó, cedió y transfirió, por acto entre vivos, gratuitamente y por mera liberalidad, una parte de sus derechos sociales en la Sociedad, ascendentes al 10% del capital social aproximadamente, a doña Sandra Mariela Goldberg Gajardo, quien declaró aceptar la donación antes referida. 2. Modificación de estatutos. Los socios acuerdan sustituir íntegramente el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “CUARTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de doscientos ochenta y tres mil setecientos veintisiete pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera y en las siguientes proporciones: /a/ don Horacio Repetur Salgado ha aportado la suma de ciento trece mil cuatrocientos noventa y un pesos, correspondientes a un cuarenta por ciento de los derechos sociales aproximadamente; y /b/ doña Sandra Mariela Goldberg Gajardo, ha aportado la suma de ciento setenta mil doscientos treinta y seis pesos, correspondientes a un sesenta por ciento de los derechos sociales aproximadamente”. La responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2026.