Instrumento
- Fecha
- 26 de febrero de 2026
- Repertorio
- 187-2026
- Notario
- MARIA ISABEL ROJAS JAMETT
- Oficio
- Coronel de la Primera Notaría de Coronel
- Comuna
- Coronel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA ISABEL ROJAS JAMETT, abogado, Notario Público Titular de Coronel de la Primera Notaría de Coronel, con oficio y domicilio en calle Sotomayor 520 de la comuna de Coronel, certifica : Que por escritura pública otorgada ante mi suplente doña Alexia Hidalgo Delgado, con fecha 26 de febrero del año 2026, repertorio 187- 2026; doña JUANA SOFIA ESPAÑA PAREDES, chilena, cedula de identidad número cinco millones setecientos sesenta y dos mil novecientos cuarenta y nueve guión cinco, comerciante, divorciada, con domicilio en Calle Balmaceda cuatrocientos treinta y uno, comuna de Coronel, quien comparece en representación legal de ambas socias y de la sociedad denominada INMOBILIARIA E INVERSIONES ESPAÑA SpA, sociedad por acciones del giro de su denominación, rol único tributario en trámite, de ese mismo domicilio para estos efectos, vino en otorgar escritura pública de aclaración y rectificación de escritura pública de fecha dos de diciembre del año dos mil veinticinco, otorgada ante la Notario Público de la Primera Notaria de Coronel doña Maria Isabel Rojas Jamett, repertorio número mil trescientos treinta y uno del año dos mil veinticinco, por la cual las señoras JUANA SOFIA ESPAÑA PAREDES Y LEESLY KAREN LEAL ESPAÑA, constituyeron la sociedad por acciones denominada INMOBILIARIA E INVERSIONES ESPAÑA SpA, rol único tributario en trámite, cuyo extracto se inscribió a fojas noventa y seis número setenta y uno del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año dos mil veinticinco y cuyo extracto se publicó en el diario oficial de fecha nueve de diciembre del año dos mil veinticinco. El capital de la sociedad conforme artículo cuarto permanente de los estatutos sociales, es la suma de trescientos cincuenta millones de pesos, dividido en trescientos cincuenta acciones de una sola serie y sin valor nominal. Aclaracion y rectificación consiste en que en ejercicio de tal facultad la compareciente doña JUANA SOFIA ESPAÑA PAREDES por este acto e instrumento y a fin de velar por la bondad de los títulos y para eficacia jurídica del contrato de sociedad, viene en aclarar y rectificar la referida escritura pública de constitución de sociedad en específico, el artículo primero transitorio de la sociedad referente a como se suscribe y paga el capital social, así como consecuencialmente el extracto inscrito y publicado de la misma , por haberse incurrido en él en errores de copia involuntarios , de modo que el artículo primero transitorio queda correctamente redactado del modo que sigue y debe decir : “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la sociedad, que de acuerdo a lo expresado en el artículo cuarto permanente, asciende a la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS, dividido en TRESCIENTOS CINCUENTA ACCIONES, de una sola serie, sin valor nominal, se entera por los socios comparecientes señoras JUANA SOFIA ESPAÑA PAREDES Y LEESLY KAREN LEAL ESPAÑA del modo que sigue: DOÑA JUANA SOFIA ESPAÑA PAREDES, suscribe en este acto TRESCIENTAS CUARENTA ACCIONES de la siguiente forma: A) con el aporte en dominio a la sociedad ingresando al haber social, del inmueble de calle Los Araucanos número ochenta y cuatro, Población Buen Retiro de la comuna de Coronel, que tiene una superficie aproximada de tres mil doscientos veintiocho coma veintiséis metro cuadrados y sus deslindes son: Noreste, Sitio Eriazo en ochenta coma cincuenta y siete metros; Sureste, calle Los Araucanos en cuarenta coma cuarenta y dos metros; Suroeste, Jose Celedón González en cuarenta y cinco coma veintiún metros y Fernando Reyes en treinta y cuatro coma treinta y siete metros ;Noroeste, Pablo Arias Villagra en treinta y nueve coma ochenta y un metros. Tal inmueble tiene el rol de avalúo ochocientos sesenta y seis coma treinta y cuatro comuna de Coronel. Tal inmueble se encuentra inscrito a fojas dos mil doscientos treinta y nueve vuelta número mil setecientos noventa y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año dos mil doce. Tal inmueble, que se aporta en dominio a la sociedad, queda valorado y avaluado por los comparecientes de común acuerdo en la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS. La propiedad raíz referida se aporta ad corpus, como cuerpo cierto, en el estado en que se encuentra, con todo lo edificado y plantado en ella, con todos sus usos, costumbres y servidumbre, libre de todo gravamen, hipoteca, embargo o medida precautoria. De tal forma, en virtud de tal aporte en dominio del referido bien raíz, que queda valorado en la suma de ciento setenta millones de pesos, quedan suscritas y pagadas en este acto al contado las sumas de un millón de pesos por acción, correspondientes a ciento setenta acciones de una sola serie sin valor nominal, entendiéndose pagadas en virtud de tal aporte, ciento setenta acciones. B) con el aporte en dominio a la sociedad, ingresando al haber social del inmueble ubicado en calle Dalmiro Barriga sitio número sesenta y cinco, de la Población Buen Retiro, comuna de Coronel , que tiene una superficie aproximada de tres mil ochenta y dos coma sesenta y seis metros cuadrados y deslinda: Norte, calle Dalmiro Barriga, en treinta y ocho metros ; Este, Jose Cardenas Jara en ochenta y uno coma sesenta y cinco metros ; Sur, Maria Fuentes Ulloa , en treinta y dos coma quince metros y Juana España Paredes en cinco coma setenta metros , y Oeste, Lugardi Norambuena Espinoza en setenta y nueve metros. Tal inmueble tiene el rol de avaluo fiscal ochocientos ochenta y dos guión dos comuna de Coronel. Tal inmueble se encuentra inscrito a fojas mil cincuenta y cuatro numero ochocientos sesenta y nueve del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año dos mil veinticuatro. Tal inmueble, que se aporta en dominio a la sociedad, queda valorado y avaluado por los comparecientes de común acuerdo en la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS. La propiedad raíz referida se aporta ad corpus, como cuerpo cierto, en el estado en que se encuentra, con todo lo edificado y plantado en ella, con todos sus usos, costumbres y servidumbre, libre de todo gravamen, hipoteca, embargo o medida precautoria. De tal forma, en virtud de tal aporte en dominio del referido bien raíz, que queda valorado en la suma de ciento setenta millones de pesos, quedan suscritas y pagadas en este acto al contado las sumas de un millón de pesos por acción, correspondientes a ciento setenta acciones de una sola serie sin valor nominal, entendiéndose pagadas en virtud de tal aporte, ciento setenta acciones. Así las cosas, en virtud de tales aportes en dominio de los citados inmuebles se entiende que quedan totalmente suscritas y pagadas las trescientos cuarenta acciones que suscribe la accionista JUANA SOFIA ESPAÑA PAREDES encontrándose por ende, totalmente suscrito y pagado tal aporte. DOÑA LEESLY KAREN LEAL ESPAÑA suscribe en este acto DIEZ ACCIONES de la siguiente forma: pagando en este acto al contado y en dinero efectivo la suma de un millón de pesos por acción, dinero que ingresa a caja social, dándose la sociedad por recibida a entera satisfacción y conformidad, correspondientes a diez acciones de una sola serie sin valor nominal, entendiéndose totalmente suscritas y pagadas diez acciones encontrándose por ende, totalmente suscrito y pagado tal aporte. En suma, el capital de la sociedad se encuentra totalmente suscrito, enterado y pagado para todo efecto legal.” Se tienen estas aclaraciones y rectificaciones como parte integrante de los estatutos sociales para todos los efectos legales a que haya lugar, quedando plenamente vigentes y subsistentes las demás estipulaciones del pacto social, en todo lo no aclarado ni rectificado . La presente aclaración y rectificación de que da cuenta este instrumento empiezan a regir y a surtir efectos jurídicos a partir de la fecha de otorgamiento de la presente escritura . Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura para solicitar, requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que sean menester en derecho , tanto en la matriz notarial de la escritura pública que se aclara y rectifica por este acto , como en las inscripciones pertinentes de los Registros de Comercio Respectivos del Conservador de Bienes Raíces de Coronel, así como para solicitar y practicar las inscripciones y subinscripciones y publicaciones respectivas que sean menester conforme a derecho en el diario oficial de los extractos correspondientes de la presente escritura . Para todos los fines legales a que haya lugar se deja constancia que el capital de la sociedad es la suma de trescientos cincuenta millones de pesos, dividido en trescientos cincuenta acciones de una sola serie y sin valor nominal. Demás estipulaciones escritura extractada. Coronel 04 de Marzo de 2026.