Diseño y Construcción Contentti Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2026
- Repertorio
- 872/2026
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley 18.046
Objeto social
Realizar, por cuenta propia o ajena, estudios de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos, diseños de construcciones, decoraciones, remodelación de locales comerciales y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; la construcción de obras y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción, diseño industrial y el desarrollo de campañas de publicidad y propaganda de todo tipo. Además de lo anterior, la formación y participación en sociedades, cualquiera sea su naturaleza o giro y cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con lo expresado, sin necesidad de modificación del presente objeto social, y cualquier otro objeto que acordaren los
Administración
Corresponderá a Ítalo Dante Contenla Rodríguez, quien, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública de fecha 25 de febrero de 2026, Repertorio 872/2026, ante mí, don ÍTALO DANTE CONTENLA RODRÍGUEZ, chileno, cédula de identidad N°12.076.988-K, quien comparece por sí y en representación de ICOR SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.445.502-9, ambos domiciliados para estos efectos en Huérfanos 1052, piso 9, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana; en su calidad de únicos socios, otorgaron escritura de transformación social de la sociedad de responsabilidad limitada “DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN CONTENTTI LIMITADA”. ANTECEDENTES. La sociedad “DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN CONTENTTI LIMITADA”, Rol Único Tributario número 76.457.650-0, fue constituida bajo el nombre o razón social “ARQUITECTURA, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN CONTENTTI LIMITADA”, por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2005 ante el Notario Público de Santiago don Humberto Santelices Narducci, repertorio N°7.728-2005 y se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 1.182, N°839 del año 2006. Con fecha 24 de marzo del año 206 en la misma notaría indicada, se saneó la escritura pública referida previamente, en el sentido de rectificar nombre o razón social por “DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN CONTENTTI LIMITADA”, pudiendo la sociedad actuar ante terceros, inclusive ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía “CONTENTTI LTDA” o “CONTENTTI LIMITADA”. Esta escritura se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 13002, N°8.939 del año 2006 y, asimismo, se anotó al margen de la inscripción de constitución social, todas las anteriores debidamente publicadas dentro del plazo legal. TRANSFORMACIÓN: don ÍTALO DANTE CONTENLA RODRÍGUEZ, chileno, cédula de identidad N°12.076.988-K, quien comparece por sí y en representación de ICOR SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.445.502-9, acordaron transformar la sociedad en una sociedad por acciones, que se regirá por el estatuto social contenido en dicha escritura pública y por los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. En el silencio del estatuto social y de las disposiciones legales que regulan a las sociedades por acciones, y siempre que no se contrapongan con la naturaleza de este tipo de sociedades, la sociedad se regirá por las normas que la ley 18.046 y su Reglamento, establecen para las sociedades anónimas cerradas, y en silencio de éstas últimas, por las disposiciones que el código civil establece en materia de sociedades, siempre que no atenten contra la esencia de este tipo social. Así, se modificó el nombre de la sociedad y se fijaron sus estatutos, de los cuales se destacan las siguientes materias objeto de extracto: NOMBRE: “DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN CONTENTTI SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, comerciales y/o publicitarios el nombre de fantasía “CONTENTTI SpA”. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. OBJETO: Realizar, por cuenta propia o ajena, estudios de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos, diseños de construcciones, decoraciones, remodelación de locales comerciales y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; la construcción de obras y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción, diseño industrial y el desarrollo de campañas de publicidad y propaganda de todo tipo. Además de lo anterior, la formación y participación en sociedades, cualquiera sea su naturaleza o giro y cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con lo expresado, sin necesidad de modificación del presente objeto social, y cualquier otro objeto que acordaren los socios. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado con anterioridad. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a Ítalo Dante Contenla Rodríguez, quien, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 25 de febrero de 2026.