MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS VERSALLES SpA

RUT 77626815-1 CVE 2781126
Fecha instrumento
19 de febrero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de febrero de 2026
Repertorio
1410/2026
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
Vigésimo Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
El plazo de duración de la sociedad será de diez años a contar de la fecha de la escritura extractada. La vigencia de la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de diez años, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que se efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período inicial o la prórroga correspondiente. Las

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Edison Alejandro Cid Gargallo y a doña Tamara Monserrat Aravena Retamal quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros, y sin que la enumeración de facultades señaladas en la escritura extractada sea limitativa de sus facultades sino meramente enunciativa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 19 de febrero del año 2026, repertorio N° 1.410/2026, otorgada ante mi notario suplente don Oscar Eduardo Celis Díaz, de mí mismo domicilio, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “ASESORÍAS VERSALLES SpA”, con asistencia de la totalidad de acciones válidamente emitidas por la sociedad, de acuerdo con el registro de accionistas que se tuvo a la vista, en que la unanimidad de los accionistas acordaron la transformación de ASESORÍAS VERSALLES SpA a una sociedad de responsabilidad limitada, fijando su pacto social en los siguientes términos: Socios: Don Edison Alejandro Cid Gargallo y doña Tamara Monserrat Aravena Retamal, ambos con domicilio para estos efectos en calle Versalles N°3.021, departamento 101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Razón Social: ASESORÍAS VERSALLES LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de toda clase de servicios profesionales relacionados con la industria química y farmacia; b) La elaboración de planes de desarrollo de empresas en la industria farmacéutica; c) Asesoría en la compra y venta de empresas de la industria; d) La compraventa de equipos de laboratorios, reactivos de laboratorios, servicio de laboratorio clínico; e) Investigación clínica; f) Transporte de muestras biológicas; toma de muestras ambulatorias; y g) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Capital: El capital de la sociedad es la suma de ochenta y tres millones cuatrocientos mil pesos, el que se aportó, se pagó y se pagará por los socios de la siguiente forma: A) Don Edison Alejandro Cid Gargallo, aportó la cantidad de cinco millones de pesos, equivalentes aproximadamente al ochenta y nueve coma noventa y tres por ciento del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado con anterioridad a este acto. B) Doña Tamara Monserrat Aravena Retamal, aportó la cantidad de setenta y ocho millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes aproximadamente al diez coma cero siete por ciento del capital social, el cual será pagado en dinero o especies dentro del plazo de cinco años contado desde el día doce de diciembre del año dos mil veinticinco. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Edison Alejandro Cid Gargallo y a doña Tamara Monserrat Aravena Retamal quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros, y sin que la enumeración de facultades señaladas en la escritura extractada sea limitativa de sus facultades sino meramente enunciativa. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de diez años a contar de la fecha de la escritura extractada. La vigencia de la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de diez años, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que se efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período inicial o la prórroga correspondiente. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 02 de marzo del año 2026.