SOTO Y VEGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2015
- Notario
- ante el Sr. Patricio Hernán Cathalifaud Moroso
- Oficio
- Duodécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública hoy ante mí: doña NATALIA ESTER SOTO RIQUELME, con domicilio en Carmen N°319, Departamento N°301, comuna de Santiago, Región Metropolitana; don JIMMY ALEJANDRO VEGA SOTO, con domicilio en Víctor Lamas N°1275, Departamento N°1805, comuna de Concepción, Región del Biobío; y don HECTOR ANTONIO RIQUELME MARDONES, con domicilio en San Martín N°83, Departamento N°46, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Realizan Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad de Responsabilidad Limitada. ANTECEDENTES: a) La sociedad “SOTO Y VEGA LIMITADA”, rol único tributario N°76.522.595- 7, se constituyó por escritura pública de 17 de julio del año 2015, ante el Sr. Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, Abogado, Notario Público Titular de la Duodécima Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos N°331, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Un extracto de la referida escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 53.503, número 31.196 del año 2015, y publicado en el Diario Oficial, N°41.220, con fecha 30 de julio del año 2015. b) El capital de la sociedad es de $7.000.000, el cual se encuentra completamente enterado y pagado. MODIFICACION: Los socios vienen a modificar la Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOTO Y VEGA LIMITADA”, de acuerdo a lo siguiente: En virtud de cesión de derechos de fecha 27 de febrero del año dos mil veintiséis: El socio don JIMMY ALEJANDRO VEGA SOTO, quien era dueño del 50% del total de los derechos sociales: a) Vendió, cedió y transfirió el 1% del total de los derechos sociales a don HECTOR ANTONIO RIQUELME MARDONES; y b) Vendió, cedió y transfirió el 49% del total de los derechos sociales a doña NATALIA ESTER SOTO RIQUELME. A consecuencia de lo anterior, y luego de efectuarse la cesión de derechos, los actuales socios son: Doña NATALIA ESTER SOTO RIQUELME, con el 99% de participación en la totalidad de los derechos sociales, equivalente a $6.930.000, y don HECTOR ANTONIO RIQUELME MARDONES, con el 1% de participación en la totalidad de los derechos sociales, equivalentes a $70.000. Los socios actuales acuerdan: a) La modificación del artículo PRIMERO de los estatutos de la sociedad, para que en adelante exprese lo siguiente: El nombre o razón social será “SOTO Y RIQUELME LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía la expresión “MI AMIGO PET LTDA”; b) La modificación del artículo QUINTO de los estatutos de la sociedad, para que adelante exprese lo siguiente: El capital de la sociedad es de $7.000.000 de pesos chilenos, el cual se encuentra suscrito, pagado y enterado íntegramente a la caja social, y que corresponde a sus socios de la siguiente forma: doña NATALIA ESTER SOTO RIQUELME, con el 99% del capital social, equivalentes a $6.930.000, y don HECTOR ANTONIO RIQUELME MARDONES, con el 1% del capital social, equivalentes a $70.000; c) La modificación del artículo SÉPTIMO de los estatutos de la sociedad, para que en adelante exprese lo siguiente: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña NATALIA ESTER SOTO RIQUELME, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada; y d) En todo lo no modificado se mantiene vigente lo dispuesto en la escritura social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 27 de febrero de 2026.