Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2026
- Notario
- entidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco
- Oficio
- Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Comuna
- Santiago MARIA
Sociedad
- Capital
- $193.827 CLP
- Duración
- La presente sociedad tendrá una duración de dos años, renovable por períodos iguales si entre los socios no se decide poner término anticipado a la misma. Para efectos de poner término dentro del período indicado, los socios lo deberán realizar con una antelación no menor a 60 días previos a que venza el período en ejercicio
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto a) adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, amoblados o sin amoblar, explotarlos bajo la forma de compraventas, subdivisiones, arrendamientos y otros, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; b) realizar actividades arriendo de vehículos maquinarias y fletes; c) además, prestar servicios de construcción, transportes, fletes, compra venta materiales de construcción y materiales eléctricos; d) Además, dentro del objeto social se consideran la prestación integral de servicios o asesorías profesionales en materias relacionadas con el giro principal inmobiliario. e) Podrá, también, tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro; y todo objeto que los socios acuerden en el futuro. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar en ellas. f) La explotación, dirección y administración de oficinas de atención al cliente, sucursales y puntos de venta, entre otros, para la prestación de servicios, en las diversas áreas de compraventas, subdivisiones, arrendamientos y otros bienes inmuebles. g) Además, la sociedad tendrá por objeto la inversión, adquisición, enajenación, tenencia, administración, explotación y comercialización, a cualquier título, de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, efectos públicos o de comercio, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades, etcétera, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; h) cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDoña PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, chilena, casada, abogado, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco, Notario Público, Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, con oficio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana certifico: Por escritura pública de fecha 16 de febrero del año 2026, ante mí: don JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO, cédula de identidad número trece millones novecientos cinco mil seiscientos cuarenta y seis guión nueve, chileno, soltero, Ingeniero en Ejecución en Electricidad, con domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quien comparece por sí mismo y en representación de doña CAROLINA HELENA ROMAN SALGADO, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y dos guión cuatro, Chilena, soltera, Licenciada en Física y desarrolladora de software, domiciliada en Cambrigde MA cero dos uno tres nueve, Estados Unidos, constituyeron una sociedad por acciones: RAZON SOCIAL: “Sociedad La Lombriz SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto a) adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, amoblados o sin amoblar, explotarlos bajo la forma de compraventas, subdivisiones, arrendamientos y otros, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; b) realizar actividades arriendo de vehículos maquinarias y fletes; c) además, prestar servicios de construcción, transportes, fletes, compra venta materiales de construcción y materiales eléctricos; d) Además, dentro del objeto social se consideran la prestación integral de servicios o asesorías profesionales en materias relacionadas con el giro principal inmobiliario. e) Podrá, también, tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro; y todo objeto que los socios acuerden en el futuro. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar en ellas. f) La explotación, dirección y administración de oficinas de atención al cliente, sucursales y puntos de venta, entre otros, para la prestación de servicios, en las diversas áreas de compraventas, subdivisiones, arrendamientos y otros bienes inmuebles. g) Además, la sociedad tendrá por objeto la inversión, adquisición, enajenación, tenencia, administración, explotación y comercialización, a cualquier título, de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, efectos públicos o de comercio, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades, etcétera, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; h) cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los socios..- CAPITAL: El capital social asciende a la suma de $193.827.459 (ciento noventa y tres millones ochocientos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos), y se encuentra dividido en 100 acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. La accionista CAROLINA HELENA ROMAN SALGADO aporta $50.000.000(cincuenta millones de pesos) correspondiéndole 50 acciones, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales. Declaran y reconocen las partes que el capital aportado por doña Carolina se realizó por medio de mutuo celebrado entre los futuros socios para la adquisición del bien inmueble LOTE A GUION TREINTA Y SIETE, que forma parte de un predio ubicado en Lago Chapo, comuna de Puerto Montt, inscrito a nombre de don JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO y cuya inscripción de dominio consta a consta a fojas 4105 número 5457 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2024, Rol de avalúo Nº03750-00293, el cual está avaluado conforme a Certificado de Avalúo Fiscal emitido por el Servicio de Impuestos Internos del 22 de abril del 2025, en el monto de $10.659.915. El accionista JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO aporta como capital dos bienes inmuebles, correspondiéndole 50 acciones, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales. Don Jose aporta como capital los siguientes inmuebles: UNO.- Don JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO aporta el bien inmueble de su propiedad LOTE A GUION TREINTA Y SIETE, que forma parte de un predio ubicado en Lago Chapo, comuna de Puerto Montt, individualizado en el plano archivado bajo el Nº1184 y siguiente del año 2020 en los documentos anexos del Registro de Propiedad, y cuya inscripción consta a fojas 4105 número 5457 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2024; Número de Rol de Avalúo Fiscal Nº03750-00293. DOS-. Don JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO aporta el bien inmueble de su propiedad ubicado en Avenida Tres Poniente número mil ochocientos trece, que corresponde al sitio y número site del plano de loteo respectivo, comuna de Maipú, Región Metropolitana, y cuyo título consta en dos inscripciones, la primera fojas 70657 número 104059 al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015 por el cincuenta porciento de los derechos sobre la propiedad; y la segunda a fojas 87209 número 123152 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018 por el restante 50% de los derechos sobre la propiedad; Número de Rol de Avalúo Fiscal uno tres tres tres guión uno ocho. En consecuencia, conforme al aporte al capital societario que realizará doña CAROLINA HELENA ROMAN SALGADO y don JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO, de los inmuebles ya individualizados y en los términos ya señalados en esta cláusula; se tendrá por enterado el capital social una vez transcurrido un plazo de 6 meses desde la constitución de la sociedad. DURACIÓN: La presente sociedad tendrá una duración de dos años, renovable por períodos iguales si entre los socios no se decide poner término anticipado a la misma. Para efectos de poner término dentro del período indicado, los socios lo deberán realizar con una antelación no menor a 60 días previos a que venza el período en ejercicio. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don JOSE FRANCISCO ROMAN SALGADO, con amplias facultades.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de febrero del año 2026.