SOCIEDAD CONSTRUCTORA SARCAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2026
- Repertorio
- 2213-2026
- Notario
- Notario Suplente de don RAMÓN GARCÍA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $74.894.203 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VICENTE POBLETE BOGGIONI | socio | 18398811-5 | — | — | Concepción |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Suplente de don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en Rengo 444, Concepción, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 04 de marzo de 2026, Repertorio N° 2213-2026, ante mí, compareció: VICENTE POBLETE BOGGIONI, CNI 18.398.811-5, con domicilio en Chacabuco 485, piso 9, Concepción, en nombre y representación EDUARDO LUIS ARANCIBIA CABALÁ, C.I. 13.507.266-4; EDUARDO CLAUDIO DE JESUS ARANCIBIA GATICA, C.I. 5.032.422-2; MONICA GINETTA CABALÁ SOLARI C.I. 6.346.505-4, y DANIELA RITA ARANCIBIA CABALÁ, C.I. 16.155.877-K, todos domiciliados en calle Jaime Repullo número 1.154, comuna de Talcahuano, quienes vienen a sanear escritura de disolución de “SOCIEDAD CONSTRUCTORA SARCAL LIMITADA”, RUT 77.563.870-2, inscrita a fojas 40 número 46 en el Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano, correspondiente al año 2001, capital $74.894.203.-, en el siguiente sentido:SANEAMIENTO: El compareciente saneó, conforme a las disposiciones de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los eventuales vicios de nulidad originados en la escritura de modificación social de fecha 13 de noviembre del año 2025, otorgada ante el Notario Público de la sexta notaría de Concepción, don MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, número de repertorio 2.370, cuyo extracto fue publicado tardíamente en el Diario Oficial con fecha 23 de enero de 2026, y que a la fecha, aún no ha podido ser inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano. El compareciente declaró que en virtud del presente instrumento se cumplen todos los requisitos señalados en la citada ley, ratificando expresamente todos los acuerdos contenidos en la escritura que se sanea.En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigente las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demas estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 04 de marzo del 2026.