CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SOTAVENTO LIMITADA

CVE 2779908
Capital
$107.724.490 CLP
Fecha instrumento
3 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2026
Notario
MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$107.724.490 CLP
Duración
5 años contado desde fecha de escritura que se extracta, prorrogables tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario manifestada en forma y oportunidad señalada en la escritura que se extracta

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, Av. El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 03 de marzo de 2026, ante mí, Cecilia de La Paz Navarro Ruz, Matías Antonio González Navarro y, María José González Navarro, todos domiciliados en calle Fidel Oteiza N°1491, oficina 501, comuna de Providencia; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuyas menciones extractables son: (1) Razón social: Inversiones Sotavento Limitada. (2) Administración y uso razón social: Corresponderá a Cecilia De La Paz Navarro Ruz, quien, anteponiendo la razón social a su firma, la representará judicial y extrajudicialmente, con amplias facultades. (3) Capital: $107.724.490.-, que los socios aportan, enteran y pagan en la siguiente forma y proporciones: (i) Cecilia De La Paz Navarro Ruz, aporta la suma de $105.570.000.- equivalentes a aproximadamente un 98% del capital social, que entera y paga en este acto, mediante la transferencia en dominio del inmueble individualizado en el artículo primero transitorio. Los socios avalúan el referido inmueble, de común acuerdo, en la suma de $105.570.000.- (ii) Matías Antonio González Navarro aporta la suma de $1.077.245.- equivalentes a aproximadamente un 1% del capital social, que entera y paga en este acto de contado y en dinero efectivo en caja social a entera conformidad de la sociedad; y, (iii) María José González Navarro aporta la suma de $1.077.245.- equivalentes a aproximadamente un 1% del capital social, que entera y paga en este acto de contado y en dinero efectivo en caja social a entera conformidad de la sociedad. (4) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (i) Realizar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; (ii) Construir por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza, administrarlas, explotarlas y/o enajenarlas a cualquier título; (iii) Subdividir, lotear y/o urbanizar por cuenta propia o ajena toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; (iv) Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; (v) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales, anónimas o de cualquier tipo, naturaleza y objeto, o de comunidades o asociaciones en general, tomar parte en aquellas ya constituidas, chilenas o extranjeras, y representar a la compañía con voz y voto en todas ellas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de las mismas; y (vi) En general, desarrollar cualquier objeto que los socios acuerden y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de la actividad de la compañía o a la inversión de los fondos disponibles de la misma. (5) Duración: 5 años contado desde fecha de escritura que se extracta, prorrogables tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario manifestada en forma y oportunidad señalada en la escritura que se extracta. Demas estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago. 04 de marzo de 2026. MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino.-