CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES GRUPO ORIGEN LIMITADA

CVE 2779822
Fecha instrumento
8 de enero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de enero de 2026
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
Vigésimo Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objetos los siguientes: i) Realizar toda clase de inversiones, en Chile y en el extranjero, inclusa la inversión de capitales en toda clase en bienes muebles e inmuebles, tanto corporales como incorporales; invertir en acciones, bonos, cuotas o derechos en fondos de inversión, títulos o valores mobiliarios de cualquier naturaleza, así como derechos o participaciones de todo tipo en sociedades, sean civiles o comerciales, y en comunidades o asociaciones; ii) Adquirir, enajenar, explotar y administrar toda clase de bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos; construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o a través de terceros; y obtener rentas procedentes de tales actividades; y iii) Celebrar cualquier otro acto o contrato que se relacione directa o indirectamente con las actividades que informan el giro social, que lo complementen o que sea consecuencia de él, así como todo otro que los socios acuerden, dentro del giro referido. /4)

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderán a doña MARINA BEATRIZ SECCO, quien, obrando a su nombre y en representación de la Sociedad, y anteponiendo su firma a la razón social, podrá ejecutar todos y cada uno de los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la Sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. /3)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que, por escritura pública de fecha 8 de enero del año 2026, ante mí, y anotada en el Libro de Repertorio bajo el número 166/2026, doña MARINA BEATRIZ SECCO, por sí, y en representación de las sociedades INVERSIONES SUR ANDINO LIMITADA, INVERSIONES CONFLUIR LIMITADA, INVERSIONES 39 GRADOSUR LIMITADA, INVERSIONES AUSTRAL VIVO LIMITADA e INVERSIONES VIENTO SUR LIMITADA, todas las anteriores con domicilio para estos efectos en calle Adolfo Kachelle número trescientos sesenta y cinco, comuna de Pucón, Región de la Araucanía, acordaron la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: /1/ RAZÓN SOCIAL. “INVERSIONES GRUPO ORIGEN LIMITADA”. /2/ ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración y el uso de la razón social corresponderán a doña MARINA BEATRIZ SECCO, quien, obrando a su nombre y en representación de la Sociedad, y anteponiendo su firma a la razón social, podrá ejecutar todos y cada uno de los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la Sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. /3/ OBJETO. La Sociedad tendrá por objetos los siguientes: i) Realizar toda clase de inversiones, en Chile y en el extranjero, inclusa la inversión de capitales en toda clase en bienes muebles e inmuebles, tanto corporales como incorporales; invertir en acciones, bonos, cuotas o derechos en fondos de inversión, títulos o valores mobiliarios de cualquier naturaleza, así como derechos o participaciones de todo tipo en sociedades, sean civiles o comerciales, y en comunidades o asociaciones; ii) Adquirir, enajenar, explotar y administrar toda clase de bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos; construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o a través de terceros; y obtener rentas procedentes de tales actividades; y iii) Celebrar cualquier otro acto o contrato que se relacione directa o indirectamente con las actividades que informan el giro social, que lo complementen o que sea consecuencia de él, así como todo otro que los socios acuerden, dentro del giro referido. /4/ CAPITAL. El capital de la Sociedad será la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan, pagan y pagarán en la forma y proporción que a continuación se expresa: i) Doña MARINA BEATRIZ SECCO, aporta en este acto la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales, que son pagados en este acto y en dinero efectivo; ii) La sociedad INVERSIONES SUR ANDINO LIMITADA, por medio de su representante, aporta en este acto la suma de un millón novecientos mil pesos, equivalente al diecinueve por ciento de los derechos sociales, que pagará en dinero efectivo o especies a medida que las necesidades de la Sociedad lo requieran y en todo caso dentro del plazo de diez años contado desde el ocho de enero del año dos mil veintiséis; iii) La sociedad INVERSIONES CONFLUIR LIMITADA, por medio de su representante, aporta en este acto la suma de un millón novecientos mil pesos, equivalente al diecinueve por ciento de los derechos sociales, que pagará en dinero efectivo o especies a medida que las necesidades de la Sociedad lo requieran y en todo caso dentro del plazo de diez años contado desde el ocho de enero del año dos mil veintiséis; iv) La sociedad INVERSIONES 39 GRADO SUR LIMITADA, por medio de su representante, aporta en este acto la suma de un millón novecientos mil pesos, equivalente al diecinueve por ciento de los derechos sociales, que pagará en dinero efectivo o especies a medida que las necesidades de la Sociedad lo requieran y en todo caso dentro del plazo de diez años contado desde el ocho de enero del año dos mil veintiséis; v) La sociedad INVERSIONES AUSTRAL VIVO LIMITADA, por medio de su representante, aporta en este acto la suma de un millón novecientos mil pesos, equivalente al diecinueve por ciento de los derechos sociales, que pagará en dinero efectivo o especies a medida que las necesidades de la Sociedad lo requieran y en todo caso dentro del plazo de diez años contado desde el ocho de enero del año dos mil veintiséis; y vi) La sociedad INVERSIONES VIENTO SUR LIMITADA, por medio de su representante, aporta en este acto la suma de un millón novecientos mil pesos, equivalente al diecinueve por ciento de los derechos sociales, que pagará en dinero efectivo o especies a medida que las necesidades de la Sociedad lo requieran y en todo caso dentro del plazo de diez años contado desde el ocho de enero del año dos mil veintiséis. /5/ DURACIÓN. La Sociedad tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 04 de marzo del año 2026.