Instrumento
- Fecha
- 28 de enero de 2026
- Repertorio
- 123-2026
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Vichuquén
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La cooperativa tiene por objeto la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella, pudiendo desarrollar todas aquellas actividades necesarias o complementarias para el cumplimiento de su objeto social, conforme a la Ley General de Cooperativas y su Reglamento. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa, exigiendo igual neutralidad a sus socios en sus actividades internas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPor escritura pública de fecha 28 de enero de 2026, Repertorio N° 123-2026, otorgada ante la Notario Público de Licantén, doña Vilma Beatriz Navarro Reyes, se redujo a escritura pública el Acta de Junta General Constitutiva mediante la cual se constituyó la “COOPERATIVA AGRÍCOLA AGROAVANCE LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía será “AGROAVANCE LTDA”, con el cual podrá actuar en todas sus operaciones sociales. Domicilio: Comuna de Vichuquén, sin perjuicio de establecer sucursales o agencias en cualquier lugar del país. Duración: Indefinida. Objeto Social: La cooperativa tiene por objeto la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella, pudiendo desarrollar todas aquellas actividades necesarias o complementarias para el cumplimiento de su objeto social, conforme a la Ley General de Cooperativas y su Reglamento. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa, exigiendo igual neutralidad a sus socios en sus actividades internas. Capital Social: El capital inicial suscrito y pagado es de $100.000 pesos, dividido en 10 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $10.000 cada una. Concurrieron 6 personas naturales a su Junta General Constitutiva. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.