SERVICIOS MÉDICOS Y ESTÉTICOS ILABACA & FISCHER GROUP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº 3.918
Objeto social
La prestación de servicios de auditoría, asesorías contables, tributarias, económicas, financieras y legales; outsourcing contable y de recursos humanos; representación de marcas; realización de negocios inmobiliarios; constitución y participación en sociedades; inversión y administración de bienes muebles e inmuebles, y demás actividades relacionadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaría Santiago., Huérfanos 835, Piso 18, certifica: por escritura de fecha 03/03/2026, ante mí, don Rodrigo Alfredo Ilabaca Meléndez y doña Carla Andrea Fischer Arredondo, ambos en su calidad de únicos socios de la sociedad “SERVICIOS MÉDICOS Y ESTÉTICOS ILABACA & FISCHER GROUP LIMITADA”, RUT Nº77.414.558-3, cedieron y transfirieron a don Guido Antonio Torres Ogaz, cédula de identidad Nº 12.663.900-7, la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al cien por ciento del capital social. Como consecuencia de dicha cesión, la sociedad quedó con un único socio y, en el mismo acto, se transformó en Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Nº 3.918 y en la Ley Nº 19.857. Nombre: “GUIDO TORRES SERVICIOS PROFESIONALES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo usar como abreviatura “GUIDO TORRES SERVICIOS PROFESIONALES E.I.R.L.”.Objeto: La prestación de servicios de auditoría, asesorías contables, tributarias, económicas, financieras y legales; outsourcing contable y de recursos humanos; representación de marcas; realización de negocios inmobiliarios; constitución y participación en sociedades; inversión y administración de bienes muebles e inmuebles, y demás actividades relacionadas. Domicilio: comuna de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: indefinida. Capital: $7.000.000, íntegramente aportado por su titular don Guido Antonio Torres Ogaz. Responsabilidad del titular limitada al monto de su aporte. Demás estipulaciones contenidas en escritura extractada. Santiago, 03 de marzo de 2026.