INVERSIONES Y AMASANDERÍA RANCHO CAROLINA SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2026
- Repertorio
- 234-2026
- Notario
- JUAN PABLO ESPINOSA SCHIAPPACASSE
- Oficio
- Segunda Notaría de LIMACHE
- Comuna
- LIMACHE
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio estatutario será la ciudad de Limache pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por la elaboración, producción y comercialización de productos de amasandería, panadería, pastelería y alimentos preparados; la explotación de locales de comida al paso y venta directa al público; la compra y venta de insumos y productos alimenticios; y en general la realización de actividades relacionadas con el rubro gastronómico y alimenticio. Además, sin que la enumeración tenga el carácter taxativo, la sociedad podrá: a) Celebrar toda clase de actos y contratos sobre toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales. La compra, venta, comercialización y distribución de toda clase de bienes inmuebles y también toda clase de bienes muebles o equipos, como el arrendamiento de ellos, con o sin opción de compra; b) Efectuar todo tipo de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, inclusive acciones, bonos, debentures, participación en sociedades de personas, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio, y en general, en instrumentos de crédito, la administración de dichas inversiones, y la percepción de sus frutos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la gestión de corretaje y administración de propiedades; c) Ejercer de comisionista, intermediario o corredor en todo tipo de negocios o asuntos sobre toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales o incorporales; d) Intervenir en operaciones de comercio exterior, ya sea importando o exportando toda clase de bienes, productos, tecnologías o servicios, y la operación en zonas de depósitos francos, como asimismo, la actuación como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; e) Explotar toda clase de establecimientos comerciales o fabriles, y comercializar o distribuir toda clase de bienes o servicios, ya sea al por mayor o menos; f) La inversión, reinversión y explotación de toda clase de negocios; la participación en sociedades de cualquier naturaleza que éstas sean y sea cual fuere su objeto; la formación, modificación o participación en cualquier otro tipo de sociedades, la prestación de toda clase de servicios comerciales, agrícolas o industriales, y la realización de cualquier otra actividad civil, comercial, de construcción, relacionada o no con las anteriores, que convengan los socios; y g) Todo otro giro que acuerden los socios, todo ello tanto por cuenta propia como por medio de terceros y)o asociados. Se comprende dentro del giro de la sociedad la administración, disposición y percepción de los frutos sobre los bienes de su giro y la realización de todos los actos que determine su
Administración
ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad será ejercida por dos administradores, quienes podrán actuar de manera separada, conjunta e indistintamente, debiendo anteponer a su firma la razón social de la sociedad. En este sentido, los administradores de la sociedad serán: don FRANCISCO JAVIER REDONDO CANO, cédula nacional de identidad número 7.047.688-6 y don JAVIER IGNACIO REDONDO CÚNEO. Con todo, pese a su actuación separada e indistinta, en caso de contratos o actos de una cuantía igual o superior a los ochenta millones de pesos ($80.000.000), los administradores deberán actuar necesariamente de manera conjunta, siendo nulos los actos que se celebren sin que se cumpla dicha formalidad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN PABLO ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de LIMACHE, con asiento en la Comuna de Olmué, con oficio en Avenida Arturo Prat Nº 4900, Oficina B, Olmué, Certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de febrero de 2026, Repertorio N° 234-2026, ante mí, comparecen don FRANCISCO JAVIER REDONDO CANO, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad número 7.047.688-6, con domicilio en Avenida Eastman número ochocientos cuarenta, comuna de Limache, Región de Valparaíso; y don JAVIER IGNACIO REDONDO CÚNEO chileno, casado, médico veterinario, cédula nacional de identidad número 18.586.401-4, con domicilio en Avenida Urmeneta número mil ciento siete, comuna de Limache, Región de Valparaíso; quienes convinieron constituir una Sociedad por Acciones, que se regirá por las estipulaciones que siguen, y que forman el estatuto social; supletoriamente a éstas, por las normas legales pertinentes del Párrafo ocho del Título VII del Libro II del Código de Comercio; y en el silencio de ambas y sólo en aquello que no se contrapongan con su naturaleza de sociedad por acciones, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas establecidas en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y el Reglamento de dicha ley, fijado por Decreto Supremo número setecientos dos de dos mil doce del Ministerio de Hacienda y sus correspondientes modificaciones. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. El nombre de la sociedad es INVERSIONES Y AMASANDERÍA RANCHO CAROLINA SpA, pudiendo actuar ante banco, instituciones financieras y en general ante cualquier tipo de organismo público y/o privado con el Nombre de Fantasía “Amasandería Rancho Carolina SpA”. DOMICILIO. Su domicilio estatutario será la ciudad de Limache pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN. La duración de la sociedad será indefinida. OBJETO. La sociedad tendrá por la elaboración, producción y comercialización de productos de amasandería, panadería, pastelería y alimentos preparados; la explotación de locales de comida al paso y venta directa al público; la compra y venta de insumos y productos alimenticios; y en general la realización de actividades relacionadas con el rubro gastronómico y alimenticio. Además, sin que la enumeración tenga el carácter taxativo, la sociedad podrá: a) Celebrar toda clase de actos y contratos sobre toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales. La compra, venta, comercialización y distribución de toda clase de bienes inmuebles y también toda clase de bienes muebles o equipos, como el arrendamiento de ellos, con o sin opción de compra; b) Efectuar todo tipo de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, inclusive acciones, bonos, debentures, participación en sociedades de personas, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio, y en general, en instrumentos de crédito, la administración de dichas inversiones, y la percepción de sus frutos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la gestión de corretaje y administración de propiedades; c) Ejercer de comisionista, intermediario o corredor en todo tipo de negocios o asuntos sobre toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales o incorporales; d) Intervenir en operaciones de comercio exterior, ya sea importando o exportando toda clase de bienes, productos, tecnologías o servicios, y la operación en zonas de depósitos francos, como asimismo, la actuación como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; e) Explotar toda clase de establecimientos comerciales o fabriles, y comercializar o distribuir toda clase de bienes o servicios, ya sea al por mayor o menos; f) La inversión, reinversión y explotación de toda clase de negocios; la participación en sociedades de cualquier naturaleza que éstas sean y sea cual fuere su objeto; la formación, modificación o participación en cualquier otro tipo de sociedades, la prestación de toda clase de servicios comerciales, agrícolas o industriales, y la realización de cualquier otra actividad civil, comercial, de construcción, relacionada o no con las anteriores, que convengan los socios; y g) Todo otro giro que acuerden los socios, todo ello tanto por cuenta propia como por medio de terceros y/o asociados. Se comprende dentro del giro de la sociedad la administración, disposición y percepción de los frutos sobre los bienes de su giro y la realización de todos los actos que determine su administración. ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad será ejercida por dos administradores, quienes podrán actuar de manera separada, conjunta e indistintamente, debiendo anteponer a su firma la razón social de la sociedad. En este sentido, los administradores de la sociedad serán: don FRANCISCO JAVIER REDONDO CANO, cédula nacional de identidad número 7.047.688-6 y don JAVIER IGNACIO REDONDO CÚNEO. Con todo, pese a su actuación separada e indistinta, en caso de contratos o actos de una cuantía igual o superior a los ochenta millones de pesos ($80.000.000), los administradores deberán actuar necesariamente de manera conjunta, siendo nulos los actos que se celebren sin que se cumpla dicha formalidad. CAPITAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos, dividido en DOSCIENTAS acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, el cual se encuentra suscrito, pagado y/o pendiente de pago, conforme se pasa a indicar: /Uno/ Don FRANCISCO JAVIER REDONDO CANO, es dueño de ochenta acciones por un valor de dos millones de pesos, suma que se paga y entera al haber social por medio del aporte en dinero efectivo que es pagado y enterado en este acto, ingresando el dinero en arcas sociales /Dos/ Don JAVIER IGNACIO REDONDO CÚNEO, es dueño de ciento veinte acciones por un valor de tres millones de pesos, suma que se paga y entera al haber social por medio del aporte en dinero efectivo que es pagado y enterado en este acto, ingresando el dinero en arcas sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Olmué, a 03 de marzo de 2026.