Instrumento
- Fecha
- 26 de febrero de 2026
- Repertorio
- 10424/2026
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: uno) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y capacitación de cualquier especie, particularmente en materias relacionadas con la computación, finanzas, administración, comercio, desarrollo de comercio electrónico, tecnologías de la información, publicidad, marketing y comunicaciones, entre otras; dos) El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles; tres) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; cuatro) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden, tanto en Chile como en el extranjero; y cinco) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas
Administración
La sociedad será administrada por don Miguel Esteban Paz Rueda en calidad de administrador estatutario, con amplias facultades y sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica: Que, por escritura pública de fecha 26 de febrero del año 2026, repertorio N° 10.424/2026, otorgada ante mí, don MIGUEL ESTEBAN PAZ RUEDA, cédula de identidad N° 14.482.708-2, constituyó una sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley N° 18.046, sus modificaciones y reglamento, conforme se indica en la escritura extractada: Nombre Social: INVERSIONES MPR SpA. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: uno) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y capacitación de cualquier especie, particularmente en materias relacionadas con la computación, finanzas, administración, comercio, desarrollo de comercio electrónico, tecnologías de la información, publicidad, marketing y comunicaciones, entre otras; dos) El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles; tres) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; cuatro) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden, tanto en Chile como en el extranjero; y cinco) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $2.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por don Miguel Esteban Paz Rueda de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.978.401 que paga mediante el aporte en dominio de 1.497.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “MECENAS SpA”, Rol Único Tributario N° 77.057.353-K, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de MECENAS SpA, y avaluadas por los accionistas en la suma de $1.978.401; y b) Con la suma de $21.599 que paga de contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en arcas sociales. Se deja constancia que el aporte de capital referido en la letra a) anterior, fue efectuado al tenor de lo dispuesto en el artículo sesenta y cuatro, incisos diez y once del Código Tributario, y a las instrucciones que al efecto ha impartido el Servicio de Impuestos Internos en sus respectivas circulares. De esta forma, el capital social queda íntegramente suscrito y pagado. Administración: La sociedad será administrada por don Miguel Esteban Paz Rueda en calidad de administrador estatutario, con amplias facultades y sin limitación alguna. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de marzo del año 2026.