Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) La compra, venta, distribución, importación o exportación, representación y comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles, maquinaria y equipos de todo tipo; b) La realización de inversiones pudiendo al efecto comprar y vender toda clase de bienes muebles o raíces, corporales o incorporales y obtener rentas o beneficios de estos bienes, participar en otras sociedades, empresas, negocios o valores; y c) En general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior o conexa con los fines sociales que acuerde el o los
Administración
Administración y uso de la razón social corresponderá a OSCAR MARCOS CANALES MORAGA con facultades señaladas en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO Notario Público titular 38° Notaría Santiago, Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de febrero de 2026 ante mí, OSCAR MARCOS CANALES MORAGA, ingeniero, La Victoria 305, La Granja, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “INDUSTRIAL Y COMERCIAL REMAD SpA”. Objeto: a) La compra, venta, distribución, importación o exportación, representación y comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles, maquinaria y equipos de todo tipo; b) La realización de inversiones pudiendo al efecto comprar y vender toda clase de bienes muebles o raíces, corporales o incorporales y obtener rentas o beneficios de estos bienes, participar en otras sociedades, empresas, negocios o valores; y c) En general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior o conexa con los fines sociales que acuerde el o los socios. Administración: Administración y uso de la razón social corresponderá a OSCAR MARCOS CANALES MORAGA con facultades señaladas en escritura. Capital: $1.000.000, dividido en 1000 acciones, sin valor nominal, cada una nominativa, de la misma serie, íntegramente suscrito y pagado al contado, en dinero efectivo que ingresa a caja social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 3 de marzo 2026.