SOCIEDAD DE INVERSIONES LUGO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2026
- Notario
- FRANCISCA CAROLINA MANCILLA BARRIA
- Oficio
- Interino de la Cuarta Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $356.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA CAROLINA MANCILLA BARRIA, Abogado, Notario Público Suplente del Interino de la Cuarta Notaría de Puerto Montt, doña Paula Mendez Gallardo, con oficio en calle Benavente Nª 511, certifico: Por escritura pública de fecha, 17/02/2026, ante mí: OSCAR DANIEL PÉREZ BARRÍA, C.I. 10.635.084-1; CARMEN GLORIA AGUILA VERGARA, C.I. 12.539.174-5; GERMÁN FRANCISCO PÉREZ AGUILA, C.I. 20.572.185-1; PAULA FRANCISCA PÉREZ AGUILA, C.I. 19.673.683-2; y TOMÁS MARTÍN PÉREZ AGUILA, C.I. 22.560.909- 8; todos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas doscientos dieciséis, novecientos tres, Puerto Montt. Modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD DE INVERSIONES LUGO LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “INVERSIONES LUGO LTDA”, constituida por escritura pública de fecha 29 de octubre del año 2014, Notario Público Puerto Montt Álvaro Andrés Gajardo Casañas, inscrita fojas 197 número 144 del Registro de Comercio Puerto Montt año 2015. Modificaciones anteriores: a)- Saneamiento inscrito a fojas 199 número 145 del año 2015; b)- Saneamiento inscrito a fojas 1.490 vuelta número 1.080 del año 2015; y c)- Modificación inscrita a fojas 35 número 28 del año 2022, todas del Registro de Comercio de Puerto Montt, Modificación actual: Los comparecientes acuerdan lo siguiente: UNO)- Se modifica en la CLAUSULA PRIMERA, de la escritura de modificación de la sociedad, notaria de Puerto Mont Felipe San Martín Schröder, fecha 30 de noviembre año dos 2021, e inscrita a fojas 35 N°28 Registro Comercio Puerto Montt, año 2022. En el siguiente sentido. Donde dice: “UNO) Se aumenta el capital social, de doscientos veinte millones de pesos, a la suma de trescientos dieciséis millones de pesos en la siguiente forma.”: DEBE DECIR: “UNO) Se aumenta el capital social, de doscientos sesenta millones de pesos, a la suma de trescientos cincuenta y seis millones de pesos en la siguiente forma; DOS) Se modifica la “CLAUSULA TERCERO”, de la misma escritura de modificación de la sociedad, descrita anteriormente. En el siguiente sentido: que a partir de la fecha de inscripción de la presente modificación en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Puerto Montt. dicha CLAUSULA TERCERO señalará lo siguiente: “TERCERO: Se mantienen todas las cláusulas del estatuto social actual, que no hayan sido modificadas por este instrumento, aplicables ahora a los nuevos socios únicamente y a prorrata de sus aportes de participación social, en consecuencia la sociedad queda de la siguiente manera::don OSCAR DANIEL PÉREZ BARRÍA aportará en este acto en dominio de una propiedad ubicada en la ciudad de Puerto Montt avaluada en ochenta y seis millones, quien en definitiva contribuye a la sociedad con $336.000.000 millones de pesos, correspondiente a un 94,38% derechos sociales, doña CARMEN GLORIA AGUILA VERGARA aportó con anterioridad a este acto con 10.000.000 millones de pesos a la sociedad correspondiente a un 2,81% derechos sociales, don GERMAN FRANCISCO PEREZ AGUILA aportará en este acto con 5.000.000 millones de pesos a la sociedad correspondiente a un 1,40 % derechos sociales, y doña PAULA FRANCISCA PEREZ AGUILA aportará en este acto con 5.000.000 millones de pesos a la sociedad correspondiente a un 1,41 % derechos sociales, dando un total de CAPITAL SOCIAL de $356.000.000 millones de pesos; TRES)- Socio OSCAR DANIEL PÉREZ BARRÍA, vende, cede y transfiere a don TOMÁS MARTÍN PÉREZ AGUILA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1,40% del total de los derechos sociales. Precio: $5.000.000, pagados este acto, contado y en dinero efectivo, a entera conformidad del cedente.- Como consecuencia de la cesión, quedan como únicos socios de la compañía: a) Don OSCAR DANIEL PÉREZ BARRÍA, con un 92,98% del capital social; b) Doña CARMEN GLORIA AGUILA VERGARA, con un 2,81% del capital social; c) Don GERMÁN FRANCISCO PÉREZ AGUILA, con un 1,40% del capital social; d) Doña PAULA FRANCISCA PÉREZ AGUILA, con un 1,41% del capital social; y e) Don TOMÁS MARTÍN PÉREZ AGUILA, con un 1,40% del capital social. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado rige pacto social primitivo y sus posteriores modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Puerto Montt, 20 de FEBRERO de 2026.