Sociedad Cabañas Punta Mar Limitada
Instrumento
- Notario
- ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA
- Domicilio
- Conservadora y Archivera Judicial Titular de esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $118.500.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Pichilemu
- Duración
- con esta fecha y tendrá una 5 años
Objeto social
La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la sociedad será la de actividades de alojamiento para estancias cortas y residenciales para turistas; y, en general el desarrollo de cualquier actividad que tenga relación directa o indirecta con el giro social, pudiendo realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines
Administración
I.- FACULTADES ORDINARIAS, corresponderán a don Jorge Emilio Cotapos Hay Sang Lay quien anteponiendo o posponiendo a su firma la Razón Social o Nombre de Fantasía, la representarán con las amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, y sean conducentes o necesarios para el logro de los fines sociales, lo que no será necesario acreditar ante terceros y II.- FACULTADES EXTRAORDINARIAS, , corresponderán a todos socios doña Ilse Lorena Cotapos Hay Sang Lay, don Jorge Emilio Cotapos Hay Sang Lay; y, don Boris Misael Cotapos Hay Sang Lay, quienes actuando conjuntamente, anteponiendo o posponiendo a su firma la Razón Social o Nombre de Fantasía, la representarán con las amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, y sean conducentes o necesarios para el logro de los fines sociales, lo que no será necesario acreditar ante terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, Abogada, Notario Público, Conservadora y Archivera Judicial Titular de esta ciudad, con oficio en Daniel Ortúzar Cuevas 621, Pichilemu, CERTIFICA: Que, por Escritura Pública de fecha doce de febrero de 2026, otorgada ante mi e ingresada en su repertorio bajo el número 193 y ante mí, doña ILSE LORENA COTAPOS HAY SANG LAY, chilena, casada, funcionario público, cédula nacional de identidad N° 10.418.206-2, domicilio en Hi Ose Retamal Rivas N° 1531, Buin Oriente, Buin; Don JORGE EMILIO COTAPOS HAY SANG LAY, chileno, soltero, pensionado, cédula nacional de identidad N° 10.713.662-2, domicilio en Bianchi N° 923, Pichilemu, quien compareció por sí y en representación, don BORIS MISAEL COTAPOS HAY SANG LAY, chileno, soltero, ingeniero en maquinaria, cédula nacional de identidad N° 14.502. 658- K, domicilio en Antonio Bianchi N° 923, Pichilemu, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE: “SOCIEDAD CABAÑAS PUNTA MAR LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía para efectos publicitarios, bancarios y demás legales a que haya lugar, el de “PUNTA MAR LTDA”. OBJETO: La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la sociedad será la de actividades de alojamiento para estancias cortas y residenciales para turistas; y, en general el desarrollo de cualquier actividad que tenga relación directa o indirecta con el giro social, pudiendo realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. DURACIÓN: con esta fecha y tendrá una 5 años. CAPITAL: será la suma de $118.500.000, que los socios aportan de la siguiente forma: a) doña Ilse Lorena Cotapos Hay Sang Lay es dueña del Sitio N° 17, ubicado en la Manzana 42, de la Población Ross, Pichilemu, que tiene una superficie 536 metros cuadrados, y deslinda: AL NORTE: en 18 metros con Sitio 18; AL SUR: en 15,17 metros y en ochavo de 4 metros con calle Jaramillo; AL ORIENTE: en 27,17 metros con calle Agustín Ross; y, AL PONIENTE: en 30 metros con Sitio 16. Rol de Avalúo Fiscal N° 341-15 comuna de Pichilemu. Inscrita a Fojas 1816; N° 1468 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu, año 2016. Quien participa en la sociedad con $40.290.000, equivalente a 34% del capital social que entera con la transferencia o aporte, en propiedad a la sociedad, del inmueble singularizado precedentemente, que los socios constituyentes, de mutuo acuerdo avalúan en la suma $40.290.000, teniendo por enterada y pagada totalmente su participación social, b) don Jorge Emilio Cotapos Hay Sang Lay, con $39.105.000 al contado y en dinero en efectivo que entera en su totalidad a la caja social y que corresponde al 33% del capital social; y, c) don Boris Misael Cotapos Hay Sang Lay representado en este contrato por don Jorge Emilio Cotapos Hay Sang Lay, con la suma de $39.105.000 al contado y en dinero en efectivo que entera en su totalidad a la caja social y que corresponde al 33% del capital social. Siendo de esta forma, el capital social se encuentra totalmente enterado por los socios e ingresado a la caja social. DOMICILIO: La ciudad de Pichilemu, sin perjuicio de las agencias o sucursales que decida abrir en otros puntos del país o extranjero. ADMINISTRACIÓN: I.- FACULTADES ORDINARIAS, corresponderán a don Jorge Emilio Cotapos Hay Sang Lay quien anteponiendo o posponiendo a su firma la Razón Social o Nombre de Fantasía, la representarán con las amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, y sean conducentes o necesarios para el logro de los fines sociales, lo que no será necesario acreditar ante terceros y II.- FACULTADES EXTRAORDINARIAS, , corresponderán a todos socios doña Ilse Lorena Cotapos Hay Sang Lay, don Jorge Emilio Cotapos Hay Sang Lay; y, don Boris Misael Cotapos Hay Sang Lay, quienes actuando conjuntamente, anteponiendo o posponiendo a su firma la Razón Social o Nombre de Fantasía, la representarán con las amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, y sean conducentes o necesarios para el logro de los fines sociales, lo que no será necesario acreditar ante terceros. Demás estipulaciones, en escritura que extracto. Pichilemu, 02 de Marzo del 2026.- Doy Fe.