Inversiones y Servicios Santorini Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2026
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- Vigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $161.025.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con domicilio en Av. Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura de fecha 10 de febrero de 2026, Rep. Nº 867-2026, ante mí: i) don RAIMUNDO CHADWICK WERNER; ii) la sociedad “SAMSON PARK SpA”; y, iii) don SEBASTIÁN CHADWICK WERNER, todos domiciliados para estos efectos en calle Valle de la Unión número 10483, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES Y SERVICIOS SANTORINI LIMITADA”, inscrita a fojas 4172 número 2848 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2010, en los siguientes términos: I.- Venta y Cesión de Derechos Sociales: /Uno/ don Raimundo Chadwick Werner vende, cede y transfiere la mitad de sus derechos en la Sociedad “INVERSIONES Y SERVICIOS SANTORINI LIMITADA”, correspondientes a un 5% de los derechos de ésta, a don Sebastián Chadwick Werner, quien los compra, adquiere y acepta para sí, a un valor de $300.000.-, pagados de la manera indicada en la escritura extractada; y, /Dos/ don Raimundo Chadwick Werner vende, cede y transfiere la mitad de sus derechos restantes en la Sociedad “INVERSIONES Y SERVICIOS SANTORINI LIMITADA”, correspondientes a un 5% de los derechos de ésta, a la sociedad “Samson Park SpA”, quien los compra, adquiere y acepta para sí, a un valor de $300.000.-, pagados de la manera indicada en la escritura extractada. Demás estipulaciones de cesiones constan de escritura extractada. II.- Retiro Socios: Como consecuencia de las cesiones de derechos efectuadas precedentemente, se retira como socio de “INVERSIONES Y SERVICIOS SANTORINI LIMITADA” don Raimundo Chadwick Werner. III.- Modificación Cláusula Capital: Los socios acuerdan modificar el artículo del capital social, el cual queda expresado en el siguiente tenor: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $161.025.000.-, el cual se encuentra pagado y distribuye entre sus socios, en las siguientes cantidades y proporciones: /a/ don Sebastián Chadwick Werner, con $88.563.750.-, equivalentes al 55% del capital social; y, /b/ la sociedad “Samson Park SpA”, con $72.461.250.-, equivalentes al 45% restante del capital social.”. - Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2026.