MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SUIZCORP SpA

RUT 76412413-8 CVE 2778387
Fecha instrumento
11 de febrero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de febrero de 2026
Repertorio
1304-2026
Notario
Mauro Aroca Guerrero
Oficio
Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauro Aroca Guerrero, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas 1161 entrepiso, comuna Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 11 de febrero de 2026 , ante mí, Repertorio N° 1.304-2026 , don MAURO ANDRÉS SUIZ ESPINOSA, cédula de identidad N° 17.947.018-7, domiciliado en calle Agustinas 681, oficina 1308, Santiago, titular del 100% de las acciones de SUIZCORP SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, a fojas 196 vuelta número 174 del año 2014 , redujo a escritura pública Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 9 de febrero de 2026, celebrada ante el Notario que suscribe, en la cual se modificaron los estatutos sociales de SUIZCORP SpA en el siguiente tenor: REFORMA DE ESTATUTOS: El accionista único acordó modificar el Artículo Duodécimo de los estatutos sociales, referente a la administración y facultades, en el siguiente sentido: "D) REPRESENTACIÓN EN EL EXTRANJERO Y ANTE ENTIDADES PÚBLICAS INTERNACIONALES: Representar a la sociedad con las más amplias atribuciones en el extranjero, fuera del país de origen (Chile). Esta facultad comprende explícitamente la capacidad de representar a la sociedad en todo tipo de procedimientos administrativos ante entidades públicas, ministerios, municipalidades, registros públicos, organismos fiscales y autoridades gubernamentales de cualquier país extranjero. El o los mandatarios quedan facultados para solicitar inscripciones, presentar documentos, interponer recursos administrativos, firmar declaraciones juradas, participar en licitaciones públicas o privadas internacionales, y realizar cualquier gestión necesaria para el cumplimiento de los fines sociales fuera del territorio nacional, sin limitación alguna." En todo lo no modificado por la presente Junta, rigen plenamente las disposiciones contenidas en los estatutos sociales originales y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de febrero de 2026.