Sociedad de Inversiones Almonacid Navarros Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2026
- Notario
- JUAN CARLOS CABEZAS CEPEDA
- Oficio
- Sexta Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $120.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS CABEZAS CEPEDA, abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Puerto Montt, con oficio ubicado en Av. Presidente Ibáñez N° 280, Comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, certifica: que por escritura pública de fecha 13 de enero de 2026, REPERTORIO N° 034-2026, ante mí, CRISTIAN EDUARDO ALMONACID SERÓN, domiciliado en pasaje Huichalef 4932, Puerto Montt; PRISCILA HAYDEE NAVARRO PAREDES, domiciliada en Estación Metrenco 2242 Puerto Montt; y ROLANDO ANTONIO SERÓN SERÓN domiciliado en Circunvalación 1273, Carelmapu, Maullín; quienes modifican SOCIEDAD DE INVERSIONES ALMONACID NAVARROS LIMITADA, nombre de fantasía de “INVERSIONES ALMONACID NAVARROS LTDA.” constituida por escritura pública de 13 de febrero de 2024, otorgada ante la Notario Público de Puerto Montt, doña María Paz Mardones Villarroel, Suplente del Titular don Felipe San Martín Schröder, extracto inscrito a fojas 213 número 117 en el Registro de Comercio del Conservador de Puerto Montt del año 2024 y publicado en el Diario Oficial el 29/02/2024, capital social: $120.500.000, en el siguiente sentido: PRISCILA HAYDEE NAVARRO PAREDES, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 0,83% del capital social total a ROLANDO ANTONIO SERÓN SERÓN, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio de la cesión: $1.000.000 pagados en el acto, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión, se retira de la sociedad PRISCILA HAYDEE NAVARRO PAREDES, quedando como únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES ALMONACID NAVARROS LIMITADA, CRISTIAN EDUARDO ALMONACID SERÓN con un 99,17% del capital social y ROLANDO ANTONIO SERÓN SERÓN, con un 0,83% de los derechos sociales. Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios a prorrata de sus aportes y participación. Los socios limitan su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Montt, 02 de marzo de 2026.