Inmobiliaria el Carmen Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 14771
- Notario
- Jorge Lobos Diaz
- Domicilio
- Titular don Cosme Fernando Gomila Gatica
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- Diamante Ltda. c)
- Capital
- $387.321.482 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- cinco años, renovables tacita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante Escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. Sociedad comienza a regir a contar del día 1 de Enero de 2026. g)
Objeto social
II Division de Sociedad Inmobiliaria el Carmen Limitada. 1. Se acordó dividir la sociedad en cuatro sociedades de responsabilidad limitada: A) Una, la originaria " Inmobiliaria el Carmen Limitada" antes denominada “Constructora de Viviendas Económicas El Carmen Limitada” que mantiene sus socios, razón social, Rut y normas estatutarias vigentes, salvo el capital modificado en este acto, concurriendo los socios en el capital social en la forma como se señaló en la nueva clausula relativa al
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Lobos Diaz, Abogado, Notario Publico Suplente del Titular don Cosme Fernando Gomila Gatica, de la Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2025, repertorio N°14.771, otorgada ante mí, Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire, Galit Mara Vantman Luft; David Jacobo Vantman Bretschneider; Dominic Deina Vantman Luft; Dorón Manuel Vantman Luft; y Natalie Orit Vantman Luft. todos domiciliados en calle Atalaya número 11245, Comuna de Las Condes, Santiago. Los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios de "Inmobiliaria el Carmen Limitada" (RUT 86.554.100-7) inscrita a fojas mil ciento catorce número quinientos ochenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año mil novecientos ochenta, acordaron la modificación estatutaria por división y la consecuente formación y constitución de tres nuevas sociedades de responsabilidad limitada. I. Modificación De "Inmobiliaria El Carmen Limitada" 1. Aumento de Capital Previo a la división: Se acordó aumentar el capital social actual de $594.874.540.- a la suma final de $733.048.823 enterando y pagando la diferencia por $138.174.283.- mediante la capitalización y traspaso de dicha suma, que obra en el fondo de revalorización del capital propio, conforme al balance practicado al 30 de Noviembre del 2025. 2. Disminución por División: Se acordó disminuir el capital social como consecuencia de la división de la Sociedad en cuatro sociedades de responsabilidad limitada, y con el fin de enterar el capital de las nuevas sociedades resultantes de la división, disminuyendo el capital en la suma de $345.727.341.- quedando en la suma final de $387.321.482, íntegramente suscrito, enterado y pagado a esta fecha en la misma proporción en que participan en el capital social.- 3. Adecuación Estatutos: Socios Sustituyen la cláusula relativa al capital social, en el sentido que el capital social es la suma de $387.321.482, el que se encuentra enterado, aportado y pagado por los socios de la siguiente forma: a) Doña Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire aporta la suma de $154.928.594, equivalente aproximadamente al 40 por ciento del Capital Social; b) Don David Jacobo Vantman Bretschneider aporta la suma de $77.464.296.-, equivalente aproximadamente al 20 por ciento del Capital Social; c) don Dorón Manuel Vantman Luft aporta la suma de $38.732.148.-, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; d) doña Natalie Orit Vantman Luft aporta la suma de $38.732.148.-, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; e) doña Dominic Deina Vantman Luft aporta la suma de $38.732.148.-, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; y f) doña Galit Mara Vantman Luft aporta la suma de $38.732.148.-, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social.- 4. Capital Remanente: El nuevo capital de "Inmobiliaria el Carmen Limitada" queda fijado en $387.321.482, íntegramente pagado. La sociedad subsiste como continuadora legal, manteniendo su RUT, domicilio y objeto. II Division de Sociedad Inmobiliaria el Carmen Limitada. 1. Se acordó dividir la sociedad en cuatro sociedades de responsabilidad limitada: A) Una, la originaria " Inmobiliaria el Carmen Limitada" antes denominada “Constructora de Viviendas Económicas El Carmen Limitada” que mantiene sus socios, razón social, Rut y normas estatutarias vigentes, salvo el capital modificado en este acto, concurriendo los socios en el capital social en la forma como se señaló en la nueva clausula relativa al capital social.- 2) Otras tres sociedades, que se forman por división de "Inmobiliaria El Carmen Limitada" antes denominada “Constructora de Viviendas Económicas El Carmen Limitada”, todas sociedades de responsabilidad limitada entre los mismos y actuales socios de la sociedad originaria dividida. III. Constitución de Nuevas Sociedades Como consecuencia de la división, se constituyen las siguientes sociedades de responsabilidad limitada: 1. Constitucion Inmobiliaria Diamante Limitada a) Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire, Galit Mara Vantman Luft, Dominic Deina Vantman Luft, David Jacobo Vantman Bretscheneider, Dorón Manuel Vantman Luft, y Natalie Orit Vantman Luft, todos domiciliados para estos efectos en calle Atalaya número 11245, Comuna de Las Condes, Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada cuyo estatuto en extracto es: b) Razón Social Inmobiliaria Diamante Limitada, sin embargo, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive en bancos, con el nombre de fantasía: Diamante Ltda. c) Objeto: La inversión en bienes raíces o bienes muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; la participación en sociedades de inversión y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; así como el desarrollo de toda clase de actividades de inversiones inmobiliarias, financiera, comerciales, industriales especialmente la participación en sociedades nacionales o extranjeras, la inversión en todo tipo de instrumentos de cambio y financieros, tanto nacionales como extranjeros, y en general, cualquier otro negocio que los socios acuerden; d) Administración y Uso de Razón Social: Corresponderá indistintamente a Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire y a David Jacobo Vantman Bretschneider quienes podrán actuar conjunta o separadamente con amplias atribuciones indicadas en Escritura extractada, con facultades del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil. e) Capital: El capital social será de $113.825.881 que los socios aportan, de la siguiente forma: A) Doña Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire aporta la suma de $45.530.353, equivalente aproximadamente al 40 por ciento del Capital Social; b) Don David Jacobo Vantman Bretschneider aporta la suma de $22.765.176, equivalente aproximadamente al 20 por ciento del Capital Social; c) don Dorón Manuel Vantman Luft aporta la suma de $11.382.588, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; d) doña Natalie Orit Vantman Luft aporta la suma de $11.382.588, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; e) doña Dominic Deina Vantman Luft, aporta la suma de $11.382.588, equivalente al 10 por ciento del Capital Social; y f) doña Galit Mara Vantman Luft, aporta la suma de $11.382.588, equivalente al 10 por ciento del Capital Social, Los socios enteran y pagan el aporte de Capital a la sociedad que crean producto de la división, en este acto y en forma íntegra, por la cantidad y en la proporción señalada, con el aporte de los bienes y obligaciones que forman las cuentas de activos y pasivos que se indican en la Escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. f) Duración: cinco años, renovables tacita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante Escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. Sociedad comienza a regir a contar del día 1 de Enero de 2026. g) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales u oficinas que podrá establecer en otras localidades del país. 2. Constitucion Inmobiliaria Zafiro Limitada a) Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire, Galit Mara Vantman Luft, Dominic Deina Vantman Luft, David Jacobo Vantman Bretscheneider, Dorón Manuel Vantman Luft, y Natalie Orit Vantman Luft, todos domiciliados para estos efectos en calle Atalaya número 11245, Comuna de Las Condes, Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada cuyo estatuto en extracto es: b) Razón Social Inmobiliaria Zafiro Limitada, sin embargo, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive en bancos, con el nombre de fantasía: Zafiro Ltda. c) Objeto: La inversión en bienes raíces o bienes muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; la participación en sociedades de inversión y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; así como el desarrollo de toda clase de actividades de inversiones inmobiliarias, financiera, comerciales, industriales especialmente la participación en sociedades nacionales o extranjeras, la inversión en todo tipo de instrumentos de cambio y financieros, tanto nacionales como extranjeros, y en general, cualquier otro negocio que los socios acuerden; d) Administración y Uso de Razón Social: Corresponderá indistintamente a Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire y a David Jacobo Vantman Bretschneider quienes podrán actuar conjunta o separadamente con amplias atribuciones indicadas en Escritura extractada, con facultades del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil. e) Capital: El capital social será de $104.307.554 que los socios aportan, de la siguiente forma: A) Doña Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire aporta la suma de $41.723.023, equivalente aproximadamente al 40 por ciento del Capital Social; b) Don David Jacobo Vantman Bretschneider aporta la suma de $20.861.511, equivalente aproximadamente al 20 por ciento del Capital Social; c) don Dorón Manuel Vantman Luft aporta la suma de $10.430.755, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; d) doña Natalie Orit Vantman Luft aporta la suma de $10.430.755, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; e) doña Dominic Deina Vantman Luft, aporta la suma de $10.430.755, equivalente al 10 por ciento del Capital Social; y f) doña Galit Mara Vantman Luft, aporta la suma de $10.430.755, equivalente al 10 por ciento del Capital Social, Los socios enteran y pagan el aporte de Capital a la sociedad que crean producto de la división, en este acto y en forma íntegra, por la cantidad y en la proporción señalada, con el aporte de los bienes y obligaciones que forman las cuentas de activos y pasivos que se indican en la Escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. f) Duración: cinco años, renovables tacita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante Escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. Sociedad comienza a regir a contar del día 1 de Enero de 2026. g) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales u oficinas que podrá establecer en otras localidades del país. 3. Constitucion Inmobiliaria Polin Limitada a) Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire, Galit Mara Vantman Luft, Dominic Deina Vantman Luft, David Jacobo Vantman Bretscheneider, Dorón Manuel Vantman Luft, y Natalie Orit Vantman Luft, todos domiciliados para estos efectos en calle Atalaya número 11245, Comuna de Las Condes, Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada cuyo estatuto en extracto es: b) Razón Social Inmobiliaria Polin Limitada, sin embargo, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive en bancos, con el nombre de fantasía: Polin Ltda. c) Objeto: La inversión en bienes raíces o bienes muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; la participación en sociedades de inversión y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; así como el desarrollo de toda clase de actividades de inversiones inmobiliarias, financiera, comerciales, industriales especialmente la participación en sociedades nacionales o extranjeras, la inversión en todo tipo de instrumentos de cambio y financieros, tanto nacionales como extranjeros, y en general, cualquier otro negocio que los socios acuerden; d) Administración y Uso de Razón Social: Corresponderá indistintamente a Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire y a David Jacobo Vantman Bretschneider quienes podrán actuar conjunta o separadamente con amplias atribuciones indicadas en Escritura extractada, con facultades del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil. e) Capital: El capital social será de $127.593.906 que los socios aportan, de la siguiente forma: A) Doña Rebecca Vivian Berta Margarita Luft Sinclaire aporta la suma de $51.037.561, equivalente aproximadamente al 40 por ciento del Capital Social; b) Don David Jacobo Vantman Bretschneider aporta la suma de $25.518.781, equivalente aproximadamente al 20 por ciento del Capital Social; c) don Dorón Manuel Vantman Luft aporta la suma de $12.759.391, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; d) doña Natalie Orit Vantman Luft aporta la suma de $12.759.391, equivalente aproximadamente al 10 por ciento del Capital Social; e) doña Dominic Deina Vantman Luft, aporta la suma de $12.759.391, equivalente al 10 por ciento del Capital Social; y f) doña Galit Mara Vantman Luft, aporta la suma de $12.759.391, equivalente al 10 por ciento del Capital Social, Los socios enteran y pagan el aporte de Capital a la sociedad que crean producto de la división, en este acto y en forma íntegra, por la cantidad y en la proporción señalada, con el aporte de los bienes y obligaciones que forman las cuentas de activos y pasivos que se indican en la Escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. f) Duración: cinco años, renovables tacita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante Escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. Sociedad comienza a regir a contar del día 1 de Enero de 2026. g) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales u oficinas que podrá establecer en otras localidades del país. División y nueva Sociedad tiene efectos y comienza a regir desde 1 de Enero de 2026.- Demás estipulaciones en Escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2026.