SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL COLIBRÍ SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de febrero de 2026
- Repertorio
- 486/2026
- Notario
- DIEGO MATIAS TELLO PEREZ
- Oficio
- Sexta Notaría de esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $18.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SE MODIFICÓ sociedad SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL COLIBRÍ SpA | socio | 77790935-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDIEGO MATIAS TELLO PEREZ, Abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de esta ciudad, Suplente del Titular don ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, según Decreto Económico Protocolizado en este mismo registro con fecha veinticinco de Febrero del año dos mil veintiséis, bajo el número ciento treinta y siete, con domicilio en este oficio calle Huanhualí número doscientos noventa y dos de la ciudad y comuna de La Serena, certifico que por Acta de Junta extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 13/02/2026, reducida a escritura pública, por doña MARIA CLAUDIA VEGA AGUILERA, debidamente facultada para ello, otorgada con fecha 26/02/2026, Repertorio 486/2026 ante mi, SE MODIFICÓ sociedad SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL COLIBRÍ SpA, RUT N° 77.790.935-5, constituida escritura pública de 04/07/2023, otorgada ante don Alejandro Viada Ovalle, repertorio 1.629-2023. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 58.297, N°25.267, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2023 y se publicó D.O. N°43.595, capital social $18.000.000.- Se acordó aumentar el capital de la sociedad de $18.000.000.-, a la suma total de $20.000.000.-, un incremento en la suma de $2.000.000, mediante la emisión de 111 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a un precio de colocación de $18.018,018.- por acción, en consecuencia, sustituyen artículo 5 y 1 transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de veinte millones de pesos, dividido en mil ciento once acciones, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.”; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social establecido en el artículo quinto de los estatutos, ascendente a veinte millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, se suscribe y paga en este acto, por los accionistas comparecientes, en los montos y porcentajes que se indica a continuación: A) La accionista doña MARÍA CLAUDIA VEGA AGUILERA, aporta, al contado y en dinero efectivo, la suma total de dieciocho millones de pesos, que ingresan en este acto a la caja de la sociedad, representativos de un noventa por ciento del capital social total, por lo que suscribe mil acciones. B) El accionista don CARLO FELIPE PÉREZ VEGA, aporta, al contado y en dinero efectivo, la suma total de dos millones de pesos, que ingresan en este acto a la caja de la sociedad, representativos de un diez por ciento del capital social total, por lo que suscribe ciento once acciones. De este modo se da por íntegramente pagado el capital social de la compañía.”. Demás estipulaciones Escritura extractada.- La Serena 26 de febrero 2026.