RENTAS DESOL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2026
- Notario
- Rodrigo Orlando Cantuarias Costa
- Oficio
- segunda Notaria de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Orlando Cantuarias Costa, Abogado, Notario Público Titular, de la segunda Notaria de Los Ángeles, y su territorio jurisdiccional, domiciliado en calle Lautaro número trescientos setenta y uno, de esta ciudad, Certifico, que por escritura pública hoy ante mí, comparecieron la SOCIEDAD DE INVERSIONES M & L LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones treinta y cinco mil cuatrocientos ocho guion cero, representada legalmente, por don LUIS ALEJANDRO MARCELO QUEZADA DIAZ, ambos domiciliados en Tomás Urmeneta, número doscientos ochenta y tres, Parque Nativo, Los Ángeles; don JOSE DELFIN REBOLLEDO ARRIAGADA, domiciliado en El Palque, numero mil veinte, comuna de Nacimiento; doña RUTH MARISOL REBOLLEDO ARRIAGADA, domiciliada en Tomás Urmeneta número doscientos ochenta y tres, Parque Nativo, ciudad y comuna de Los Angeles; y don MIGUEL ANGEL QUEZADA DÍAZ, domiciliado en calle Málaga número mil ciento cincuenta, Villa España, ciudad y comuna de Los Angeles, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “RENTAS DESOL LIMITADA”, y con nombre de fantasía “DESOL LTDA.”, la que fue constituida por escritura pública de fecha diecinueve de Marzo del año dos mil dieciocho, otorgada ante la abogado y notario público de Los Ángeles doña María Antonieta Carrillo Flores, cuyo extracto se inscribió a fojas doscientos noventa y ocho vuelta, número ciento sesenta y dos del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, y se publicó en el Diario Oficial con fecha once de Abril del año dos mil dieciocho, Edición Número cuarenta y dos mil veintinueve. A dicha sociedad se le asignó por parte del Servicio de Impuestos Internos el Rol Único Tributario número setenta y seis millones ochocientos sesenta y ocho mil novecientos ocho guión tres, teniendo un capital social de ocho millones de pesos, el cual se encuentra completamente enterado y pagado correspondiendo el veinticinco por ciento del capital social total a cada uno de los socios antes señalados. Dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha diez de Agosto del año dos mil dieciocho, otorgada ante doña Emilia Elisabeth Solar Hunter, abogado, notario público, suplente del titular de la ciudad de Los Ángeles y su territorio jurisdiccional don Luis Eduardo Solar Bach, inscribiéndose el extracto modificatorio a fojas seiscientos cuarenta y siete, número trescientos sesenta y ocho del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha cinco de Septiembre del año dos mil dieciocho, Edición Número cuarenta y dos mil ciento cincuenta. Dicha sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha doce de Noviembre del año dos mil dieciocho otorgada ante doña Emilia Elisabeth Solar Hunter, abogado y notario público suplente del titular de Los Ángeles don Luis Eduardo Solar Bach, inscribiéndose el extracto modificatorio a fojas ochocientos treinta y uno, número cuatrocientos noventa del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, y se publicó en el Diario Oficial de fecha seis de Diciembre del año dos mil dieciocho, Edición Número cuarenta y dos mil doscientos veintitrés. Dicha sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha veintinueve de Enero del año dos mil veintiuno, otorgada ante el notario público interino de la segunda notaría de Los Ángeles, don Pablo Andrés Gándara Riveros, inscribiéndose su extracto a fojas ciento sesenta, número setenta y seis del Registro de Comercio del año dos mil veintiuno del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, y se publicó en el Diario Oficial de fecha cuatro de Febrero del dos mil veintiuno, Edición Número cuarenta y dos mil ochocientos setenta y dos. Finalmente, dicha sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha veintiocho de Julio del año dos mil veinticinco, otorgada ante el notario público de Los Ángeles don Rodrigo Orlando Cantuarias Costa, inscribiéndose su extracto a fojas quinientos diez, número doscientos ochenta y siete del Registro de Comercio del año dos mil veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, y se publicó en el Diario Oficial de fecha dieciocho de Agosto del dos mil veinticinco, Edición Número cuarenta y cuatro mil doscientos veintisiete. Modificaciones consisten: a).- La socia, la SOCIEDAD DE INVERSIONES M & L LIMITADA, representada legalmente por don LUIS ALEJANDRO MARCELO QUEZADA DIAZ, en este acto vende, cede, y transfiere al socio, don MIGUEL ANGEL QUEZADA DÍAZ, la totalidad de sus derechos sociales y que corresponden al veinticinco por ciento de los derechos sociales totales, aceptándolos este último para sí a su total y entera satisfacción. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos que el cesionario paga al cedente en este acto de contado y en dinero efectivo, recibiéndolos el cedente de igual forma a su total y entera satisfacción, declarando totalmente pagado el precio de la compraventa, renunciando a la acción resolutoria; b).- La socia RUTH MARISOL REBOLLEDO ARRIAGADA, en este acto vende, cede, y transfiere al socio, don MIGUEL ANGEL QUEZADA DÍAZ, la totalidad de sus derechos sociales y que corresponden al veinticinco por ciento de los derechos sociales totales, aceptándolos este último para sí a su total y entera satisfacción. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos que el cesionario paga al cedente en este acto de contado y en dinero efectivo, recibiéndolos el cedente de igual forma, a su total y entera satisfacción, declarando totalmente pagado el precio de la compraventa, renunciando a la acción resolutoria; y c).- El socio JOSE DELFIN REBOLLEDO ARRIAGADA, en este acto vende, cede, y transfiere al socio, don MIGUEL ANGEL QUEZADA DÍAZ, la totalidad de sus derechos sociales y que corresponden al veinticinco por ciento de los derechos sociales totales, aceptándolos este último para sí a su total y entera satisfacción. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos que el cesionario paga al cedente en este acto de contado y en dinero efectivo, recibiéndolos el cedente de igual forma, a su total y entera satisfacción, declarando totalmente pagado el precio de la compraventa, renunciando a la acción resolutoria. De este modo se retiran de la sociedad, la SOCIEDAD DE INVERSIONES M & L LIMITADA, doña RUTH MARISOL REBOLLEDO ARRIAGADA, y don JOSE DELFIN REBOLLEDO ARRIAGADA quedando como único y actual socio de la sociedad don MIGUEL ANGEL QUEZADA DÍAZ con un cien por ciento de los derechos sociales totales. El socio limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte. En este acto el socio MIGUEL ANGEL QUEZADA DÍAZ modifica la cláusula cuarta del pacto social en el sentido que la administración, representación, y uso de la razón social de la sociedad y del nombre de fantasía corresponderá al socio MIGUEL ANGEL QUEZADA DÍAZ, con las facultades y limitaciones establecidas en dicha cláusula; y modifica la cláusula sexta del pacto social en el sentido que las utilidades y pérdidas se distribuirán a prorrata de su respectivos aportes. Se deja expresa constancia de que en todo lo no modificado por este instrumento y por las modificaciones anteriores, se mantiene plenamente vigente el contrato social primitivo al cual se ha hecho referencia en la cláusula primera de este instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Angeles, 17 de Febrero del año 2026.