AGROCOMERCIAL RECCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2026
- Notario
- ALEX PEREZ DE TUDELA VEGA
- Domicilio
- San Felipe
Sociedad
- N. fantasía
- Recco Ltda
- Capital
- $5.500.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de San Felipe, Región de Valparaíso
- Duración
- La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio, No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Objeto social
Prestación de servicios, asesorías, importación, exportación, comercialización, corretaje comisionista agrícola, producción, distribución compra y venta, todo lo anterior relacionado con productos agrícolas y agroindustriales, podrá a su vez comercializar productos comestibles ya sean envasados o relacionados con la producción animal, de igual manera los socios podrán realizar actividades complementarias a las ya mencionadas siempre y cuando se cuente con el consentimiento de todos los
Administración
ISIDORA ELINOR JAMETT SILVA, ULISES ELÍAS JAMETT ILLANES, cualquiera indistintamente
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ISIDORA ELINOR JAMETT SILVA | socio | 20803991-1 | — | — | |
| Ulises Elías Jamett Illanes | socio | 8016691-5 | — | — | SAN FELIPE, VALPARAISO |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEX PEREZ DE TUDELA VEGA, Notario Público de San Felipe, con oficio en calle Prat 106, certifica: Por escritura de 23 de Febrero de 2026, ante el Notario Suplente de esta Notaría don Hernán Esteban Herrera Caballero, señores ULISES ELÍAS JAMETT ILLANES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, CNI N°8.016.691-5, con domicilio en Manuel Caballero N°2100, comuna y provincia de San Felipe; e ISIDORA ELINOR JAMETT SILVA, chilena, soltera, empleada, CNI N°20.803.991-1, con domicilio en Avenida Chile N°921, comuna y provincia de San Felipe; proceden al saneamiento de la migración de la sociedad denominada "AGROCOMERCIAL RECCO LIMITADA", Rut. 76.959.261-K, otorgado por contrato de fecha 24 de Noviembre de 2025, Código de Verificación Electrónica CRW1T3JSvBxo, la cual se inscribió a fs. 182 N°134, en el Registro de Comercio del año 2025, del Conservador de Bienes Raíces de San Felipe.- El capital inicial es de $5.500.000.- Dicho extracto no se publicó, dentro del plazo legal en el Diario Oficial, de la República Chile, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19.499, procede a sanear el mencionado vicio, para todos los efectos legales, quedando como sigue: "Isidora Elinor Jamett Silva, RUN: 20.803.991-1, con domicilio en: Avenida Chile N° 921, SAN FELIPE, región de VALPARAISO, Ulises Elías Jamett Illanes, RUN: 8.016.691-5, con domicilio en: Manuel Caballero N° 2100, SAN FELIPE, región de VALPARAISO, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 26 de diciembre del 2018, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:Agrocomercial Recco Limitada. NOMBRE DE FANTASÍA: Recco Ltda. OBJETO: Prestación de servicios, asesorías, importación, exportación, comercialización, corretaje comisionista agrícola, producción, distribución compra y venta, todo lo anterior relacionado con productos agrícolas y agroindustriales, podrá a su vez comercializar productos comestibles ya sean envasados o relacionados con la producción animal, de igual manera los socios podrán realizar actividades complementarias a las ya mencionadas siempre y cuando se cuente con el consentimiento de todos los socios. DOMICILIO: Comuna de San Felipe, Región de Valparaíso, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio, No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros socios. En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando conjuntamente. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad.CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $5.500.000 pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) ISIDORA ELINOR JAMETT SILVA tiene una participación de un 20 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $1.100.000 pesos; B) ULISES ELIAS JAMETT ILLANES tiene una participación de un 80 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $4.400.000 pesos; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: ISIDORA ELINOR JAMETT SILVA, ULISES ELÍAS JAMETT ILLANES, cualquiera indistintamente. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado".- San Felipe, 26 de Febrero de 2026.